Marco Tulio Trejo

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Soy periodista, comunicador social y un soñador creador de opinión pública, para hacer conciencia que permita mejorar los problemas sociales, económicos y políticos que nos aquejan y nos mantienen inmersos en una sociedad con pocas oportunidades de vida para las nuevas generaciones. Estoy convencido de la importancia que tiene la prensa, en el fortalecimiento de la democracia, para coadyuvar a la consolidación de un Estado de Derecho con una certeza jurídica y el lema de mi señor padre siempre fue: “la pluma no se vende, ni se alquila”.

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Marco Trejo

Sí bien es cierto que las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs.), son importantes para el trabajo de desarrollo en una sociedad, es importante tener bien claro, que las mismas han sido utilizadas, hasta para fines políticos, lo cual ha desvirtuado, en muchos casos, la función social de las mismas, porque estas entidades son creadas para servir a terceros y promover la interacción con la ciudadanía organizada que busca un desarrollo social.

Hace algunos años, en el Congreso de la República, se tuvo evidencia, de que varios diputados, de la octava legislatura, crearon ONGs., para cometer actos de corrupción, poniéndolas como entidades para recetarse proyectos de desarrollo, que al final de cuentas eran para beneficio familiar y personal. De allí es donde nació la necesidad de fiscalizarlas y tener control de las mismas.

El problema que ocurre ahora es que otra vez, los políticos, metieron sus sucias manos y han tratado de torcer la ley en mención y por eso no es posible que se deje, en manos de un político, la decisión discrecional, de que es conveniente y que no, este punto es el que ha creado discrepancias sobre el tema del Decreto Ley 4-2020, porque varios artículos son inconstitucionales.

Muchas personas hablan de que la nueva Corte de Constitucionalidad (CC), ha emitido una resolución con intereses políticos, pero no se han puesto a pensar que el uso del amparo es el problema en este caso, porque no era la vía para oponerse a varios artículos del mencionado decreto.

Para este caso, según ex constitucionalistas, la mejor opción era la impugnación de los artículos, para que la nueva CC, pueda entrar a analizar si los mismos violan o no derechos constitucionales.

El abuso del amparo, es el que ha provocado que dichos recursos sean rechazados en definitiva, incluso la mayoría de los magistrados, José Francisco de Matta Vela y María Cristina Fernández emitieron votos concurrentes, lo cual desvirtúa que la resolución tenga tintes políticos. La corte en pleno coincidió en esta decisión.

Los dos magistrados mencionados, quienes están manteniendo la peña de los que no han tomado posesión, coincidieron con los otros tres magistrados: Dina Ochoa, Leyla Lemus y Roberto Molina Barreto para denegar las acciones emprendidas que evitaban que entrará en vigor el Decreto 4-2020.

Lo que si es cierto, en este caso, es que la decisión de la máxima Corte Constitucional, le deja abierto el camino al presidente de la República, Alejandro Giammattei para que mande a promulgar la mencionada Ley, que permitirá la fiscalización de las organizaciones no gubernamentales, lo cual es bueno y se ha hecho en otros países centroamericanos.

Lo que no debe permitirse, es que en ese proceso de fiscalización, se permita la discrecionalidad de un personaje, que puede tener intereses ideológicos, sea de derecha o de izquierda, aunque al final no importa a quien represente, sino que lo que preocupa es que hará lo que sea para afectar o beneficiar a alguien.

La ciudadanía tiene varias herramientas para ejercer acciones sobre la política pública y eso es lo que hacen las ONGs, unas son de beneficencia, otras sociales y otras ven temas de salud y seguridad alimentaria, pero lo que realmente le molesta, a la clase politiquera, es que las organizaciones levanten la mano, para mostrar la realidad nacional, en las diferentes ramas en las que trabajan y los pongan en evidencia.

Incluso varios funcionarios del gobierno estadounidense se han manifestado preocupados, por la luz verde que tomado este decreto, pero su real preocupación es que se deje en manos de un político la decisión de cancelar la personería jurídica de una entidad que no le conviene a sus intereses politiqueros. Lo cual es muy valedero y coincido en lo mismo.

Algunos expertos, aseguran que de entrar en vigencia la ley, impondría un régimen que excede las potestades del Estado. Además, violaría las libertades de expresión y de asociación, limitaría el espacio cívico y el derecho a defender los derechos humanos, también generaría un ambiente hostil para la participación de la ciudadanía en asuntos de interés público.

Pero en contraposición otros analistas lo ven con buenos ojos, porque se evita que algunas organizaciones no violen derechos constitucionales, como la libre locomoción, tal es el caso de grupos de ex militares y otros de campesinos que únicamente buscar llenar los bolsillos de los dirigentes. Por esta razón, es que se hace necesario que se busque la legitimidad de las ONGs., y que se deje por un lado los intereses de los que las dirigen y que no se dediquen a cosas que no son las actividades para lo cual fueron creadas.

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