Jorge Morales Toj
La crisis que se vive en el CANG por la elección de magistrado titular y suplente para la Corte de Constitucionalidad tiene su origen en el Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, porque dicho Tribunal no verificó y garantizó el cumplimiento de los méritos de capacidad, idoneidad, honradez y reconocida honorabilidad de los candidatos, exigidos por los artículos 113 y 270 de la Constitución Política de Ia República, y 15 y 16 de la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos.
El Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, en cumplimiento de la Constitución de la República y la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, la Ley de Probidad y Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados Públicos y los criterios de la Corte de Constitucionalidad aplicables a estos eventos, debe cumplir la ley y la jurisprudencia al implementar el proceso para elección de magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad.
Dado los acontecimientos de los últimos días, y especialmente después del día de las elecciones en la Asamblea del Colegio de Abogados, en los cuales, de manera muy suspicaz el Ministerio Público a través de al FECI montó operativos de allanamientos y capturas de algunos candidatos a magistrados para la Corte de Constitucional, con lo cual, el proceso eleccionario quedó manchado y se favoreció a ciertos candidatos.
Algo nunca visto en elecciones en el Colegio de Abogados es que un candidato con orden de aprehensión pasara a segunda vuelta y hoy esa situación tiene en un gran dilema a nuestro Colegio. Sin embargo del Dr. Gálvez, quien iba a segunda vuelta, tomó una difícil decisión de renunciar a su candidatura, lo que le pone en otra disyuntiva al Tribunal Electoral.
Ya se escuchan voces que dicen que debería darse por ganador al candidato que quedó en primer lugar, otros opinan que el que quedó en tercer lugar suba al segundo lugar, existen aún varias conjeturas y todos quisieran llevar agua a su molino en esta crisis. El reglamento de La Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, en el Artículo 9. De la Mayoría Absoluta. Si en la elección participaren más de dos candidatos o más de dos planillas y ninguno obtuviere la mayoría absoluta de los votos válidos, la elección se repetirá entre los dos candidatos o las dos planillas que hubieren obtenido el mayor número de votos; la segunda vuelta será ocho días después. La ley es clara, ningún candidato obtuvo la mayoría absoluta y debe respetarse la voluntad de los agremiados que ejercimos nuestro derecho a elegir.
A través de redes sociales nos enteramos que el Tribunal Electoral solicitó a la Junta Directiva del Colegio de Abogados que se suspendiera la segunda vuelta, por las mismas redes, vimos un comunicados de Junta Directiva afirmando que es responsabilidad de Tribunal Electoral tomar una decisión y asumir su responsabilidad.
Por el bien de Guatemala, por el respeto a la voluntad del agremiado expresada en las urnas, el Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, debe repetir todo el proceso y convocar a nuevas elecciones.