José Roberto Alejos Cámbara
El problema entre la C.C. y el Congreso no inició con este trámite, de una demanda en contra de la Corte por un candidato vetado, la CSJ da tramite y remite al Congreso el caso para que inicie el proceso de antejuicio y este de inmediato nombra a la comisión, una resolución de la C.C. a un amparo solicitado por el PDH y otros, y así detienen todo. Ya el 17 enero del 2019 hubo otra demanda, donde se integró la comisión, y un amparo paró el trámite, esta vez el Congreso si obedeció. También denunciamos a los miembros de la Asociación de “Dignatarios,” porque a cambio de cinco millones, demandaron a la C.C. Es una lucha política que se remonta a tiempos de la CICIG. Cuando Morales y el pacto de corruptos, hacían de todo para tratar de sacar a la CICIG y a sus aliados.
¿Cuál es la diferencia? Esta vez se acusa a la CC de auto amparo y de no poder ser juez y parte, y el Congreso ha manifestado que no pretende acatar la sentencia del máximo tribunal en esta materia y sobre el cual, el 167 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, dice: «No podrán ser perseguidos por las opiniones expresadas en el ejercicio de su cargo» y el 170 de la misma ley establece: “A los Magistrados de la C.C. no se aplican las causales de excusa establecidas en la Ley del Organismo Judicial ni en cualquier otra ley.” Cuando a su juicio, por tener interés directo o indirecto, o por estar en cualquier otra forma comprometida su imparcialidad, los Magistrados podrán inhibirse de conocer, en cuyo caso se llamará al suplente que corresponda.”
Podemos observar que inhibirse es optativo y que hay antecedentes del 2017, firmados por la ahora fiscal del MP. Quizás podamos aplicar alguna crítica de carácter ético y decir que debieron llamar a todos los suplentes. O, insistimos en criticar al sistema subrayando otra ley que urge modificar, porque la CSJ, nombró suplentes con conflicto de interés. La Comisión Permanente del Congreso, con el nombramiento exprés de la pesquisidora, es integrada también con conflicto de interés.
El Congreso de la República, eligió con amplia mayoría al PDH y aunque decían que no votarían nunca por la Magistrada Porras, fue electa por una mayoría absoluta. ¿Qué pasó? ¿Por qué les dieron el voto y después se convirtieron en enemigos políticos? Qué causó que aquel respaldo se convirtiera en una lucha por retirarlos a cualquier costo de sus cargos y con ellos a otros funcionarios, como ahora, que incluye a otros magistrados. ¿Fue acaso que los intereses de los diputados y los de estos funcionarios cambiaron?
Me sumo a la publicación de la Cámara de Industria, que termina diciendo: “Exigimos a los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad una inmediata acción para mantener sus fallos y actuaciones dentro del marco de un Estado de Derecho, con un estricto cumplimiento técnico jurídico, con imparcialidad y alejado de sesgos ideológicos y políticos.” Pero sugiero: incluyamos al Organismo Judicial y al M.P. y hagamos algo para trabajar en un proyecto como el que plantea FUNDESA, de un estado líquido a un estado sólido. Porque ya basta de estar observando que la reestructuración del estado es urgente. Iniciado con la elección de nuestras autoridades (Congreso de la Republica).