Por Cristian Velix
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El jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, expresó que ellos no se opondrán a que una persona sea beneficiada con medidas sustitutivas, pero debe sustentarse científicamente el factor de riesgo que se pueda tener ante el COVID-19.
Este miércoles, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), informó a los jueces de Primera Instancia Penal que podrán conocer revisiones de medidas de coerción, por lo cual los sindicados en causas penales podrán pedir salir de prisión durante la coyuntura del COVID-19.
En ese contexto el investigador dijo que están anuentes a ello “siempre y cuando la situación de riesgo sea totalmente acreditada”, aunque mencionó que han visto otros casos con distintas argumentaciones, entre ellas la de los sindicados en el Caso Banco del Comercio.
“En donde 15 personas -de ese caso- requirieron no ir a firmar el libro de control, que ni siquiera están en prisión, bajo el argumento del COVID-19, cuando esa es una diligencia instantánea y si se cumple con las medidas de seguridad no representa un mayor riesgo”, agregó el fiscal.
Asimismo, Sandoval comentó que también se ha argumentado que el estar en prisión representa un incremento de riesgo, sin embargo, añadió que el Sistema Penitenciario (SP) debe tomar las medidas de seguridad y mantener resguardados a los privados de libertad.
De hecho, el SP ha mantenido un aislamiento de las personas que guardan prisión por prevención al coronavirus, esto al suspender las visitas a los centros carcelarios, además, de la implementación de normas de higiene para evitar el contagio y el virus ingrese a los centros carcelarios.
SP DEBE RESGUARDAR INTEGRIDAD
Consultado respecto a este tema, Edie Cux, integrante de Acción Ciudadana (AC), expresó que es el SP, del mismo Organismo Ejecutivo, el encargado de resguardar la integridad de las personas privadas, acción que la calificó como “una responsabilidad muy grande”.
En esa línea, el experto dijo que al preguntársele si era un argumento válido para que se beneficiara a los presos con medidas sustitutivas el avance de la pandemia del COVID-19, por lo que reiteró que el deber de garantizar la salud y la vida de las personas es del SP.
“Lo jueces tendrían que analizar eso -la propagación de virus para otorgar medidas sustitutivas-, pero no tendría que ser determinante el hecho de lo que estamos sufriendo, incluso, el que estén aislados los privados de libertad beneficia a que no se propague la pandemia”, expuso el abogado.
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No obstante, Cux manifestó que los juzgadores deben evaluar el otorgamiento de las medidas distintas a la cárcel respecto a casos específicos si existe algún riesgo ante el COVID-19 y expuso que el “tema es delicado”, por lo que no se podría adelantar qué resolverán los togados.
MEDIDA PUEDE SER TEMPORAL
Por su parte, Corinne Dedik, del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), dijo que a su criterio es válido el argumento de los riesgos de la coyuntura actual para poder salir de prisión y resguardar la salud, ya que estamos ante una situación nunca antes vista.
“Lo que pasa es que la cárcel es un asunto de la salud pública, porque tal vez lo que mucha gente no entiende es que si este virus entra a la prisión se van a generar un brote de infecciones y esto en poco tiempo va a generar una gran cantidad de enfermos”, mencionó la profesional.
De esa manera, la entrevistada refirió que la emergencia sanitaria actual no deja mucho tiempo ya que cada día hay más contagios, por lo que no se puede esperar a que las personas vayan a pedir una revisión de la medida, el cual indicó no es un mecanismo práctico.
En esa línea, Dedik afirmó que es mejor que se tome una medida generalizada como la que todos los privados de libertad a partir de los 60 años, que son un grupo vulnerable de la enfermedad, podrían ir a prisión domiciliar, pero que esto se debe basar en criterios técnicos que justifiquen ese beneficio, el cual debe ser de carácter temporal y que se extienda solo mientras dure la pandemia.