Mario Coyoy
mcoyoy@deloitte.com
El próximo 31 de marzo vence el plazo establecido en la Ley para que los contribuyentes presenten sus resultados anuales ante la Administración Tributaria, y es por ello que recomiendo que las empresas y todos los contribuyentes en general realicen una evaluación de todos aquellos aspectos que tendrán incidencia en la determinación del Impuesto Sobre la Renta -ISR-. Esto con el fin de analizar si las políticas y procedimientos de la organización se encuentran en línea con los criterios de la SAT, y en caso de diferir si se cuenta con el soporte de los mismos. Asimismo, validar si las políticas y criterios de la compañía se encuentran en línea con las modificaciones recientes efectuadas a leyes y reglamentos.
Al respecto, se debe considerar que empresas que se encuentran inscritas en el Régimen sobre Utilidades de Actividades Lucrativas también deben efectuar un análisis acerca de sus créditos fiscales generados por el pago del Impuesto de Solidaridad -ISO- (según forma de acreditamiento elegida) y los pagos trimestrales del ISR efectuados.
Tal y como lo he realizado en ocasiones anteriores, en forma general, compartiré a continuación algunos de los temas que debe analizar cada empresa en su cierre fiscal 2019:
Principios generales: Base contable utilizada por el contribuyente, tipos de renta o ingresos, ingresos no afectos y exentos, recordar la separación de costos y gastos por tipo de renta, el principio de onerosidad, el concepto de residente, el concepto de establecimiento permanente, las reglas de valoración (precios de transferencia), las reglas generales de deducibilidad de costos y gastos, la forma de determinación del Impuesto (base imponible).
Ingresos: Diferencial cambiario, rentas por ventas de productos agrícolas, agropecuarios y reciclados a exportadores, revaluación de activos fijos, intereses, dividendos, ganancias y pérdidas de capital, conciliación de ingresos reportados en régimen de IVA vs ISR, forma de reportar los ingresos en empresas con beneficios fiscales, cooperativas, empresas de construcción, venta de activos extraordinarios y arrendamiento financiero.
Costos, gastos y su deducibilidad: Recordar tomar en consideración la bancarización para efectos tributarios, el pago del ISR por cuenta del proveedor (absorción de impuestos), reserva y destrucción de inventarios, la forma de reportar las cuentas incobrables, los requisitos para la deducibilidad de sueldos y prestaciones, intereses, depreciaciones, activos intangibles, servicios del exterior, donaciones, costo de importaciones, mejoras a propiedades arrendadas, regalías, autoconsumos, viáticos, liquidación del impuesto y el aprovechamiento de los pagos en exceso generados en años anteriores (en los casos que proceda).
Finalmente, les comento que el próximo jueves 20 de febrero se llevará a cabo el seminario denominado “Cierre Fiscal 2019 y aspectos críticos a considerar en el 2020”, en donde trataremos temas claves del cierre tributario anual, así como aspectos a considerar durante el presente periodo impositivo como lo es la Factura Electrónica, Contabilidad Electrónica, Fiscalización electrónica, entre otros. Para mayor información consultar el siguiente link: https://www2.deloitte.com/gt/es/pages/tax/events/seminario_cierre_fiscal.html
Que Dios les bendiga.