POR HEDY QUINO
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La Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), explicó que las recientes reformas aprobadas a la Ley de Organizaciones no Gubernamentales (ONG), es inconstitucional por coartar la libertad de las personas que quieran ser parte de una entidad de este tipo.
Además, la normativa tiene un vacío legal en cuanto a qué se va a considerar “alterar el orden público”, uno de los aspectos por los que se castigará a las oenegés que contemplan las reformas.
El analista de Asies, Gabriel Duarte, detalló que la ley no solo tiene errores de redacción sino contiene aspectos que ya están normados, como la fiscalización a las oenegés, pues la Contraloría General de Cuentas realiza esta labor cuando una entidad de este tipo maneja fondos del Estado.
En el caso de las entidades que manejan donaciones de la cooperación internacional, también están sujetos a procedimientos para transparentar el manejo de esos fondos, así como las responsabilidades que tienen con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y con la Intendencia de Verificación Especial (IVE) de la Superintendencia de Bancos (SIB), apuntó Duarte.
MINGOB CON LA POTESTAD DE DECIDIR QUIÉN ALTERÓ EL ORDEN PÚBLICO
En cuanto al artículo que establece la cancelación de una oenegé y que dice: “Ninguna donación o financiamiento externo puede usarse para realizar actividades que alteren el orden público en el territorio nacional. Si una ONG utiliza donaciones o financiamiento externos para alterar el orden público, será inmediatamente cancelada en el Registro de las Personas Jurídicas (REPEJU) del Ministerio de Gobernación y sus directivos responsables, serán imputados conforme a la legislación penal y civil vigente, en el entendido que la ONG cancelada, no podrá operar bajo esa denominación. El reglamento desarrollará lo referente al proceso de cancelación”, dice parte del artículo 15.
Duarte señaló que, al no establecer qué es lo que se va a considerar como alterar el orden público va a generar una discrecionalidad al Ministerio de Gobernación (Mingob), pues sería esta cartera la que tendría la potestad de decidir a qué entidad va a cancelar.
“Esto es un atentado a la libertad, ya que en el momento que el Ministerio de Gobernación considera que se alteró el orden público, van a cancelar a la oenegé y no solo cancelarlas sino procederán penalmente en contra de los directores de estas entidades y esto es coartar la libertad de las personas que forman parte de estas”, declaró el consultor de Asies.
Además, el entrevistado añadió: “Se genera un vacío en cuanto a qué es lo que se va a considerar como alterar el orden público. Pese a que la ley también contempla la creación de un reglamento, se tiene que definir bien este aspecto”.
El analista subrayó que, la ley genera un retroceso en la democracia del país, pues la discrecionalidad con la que se va a aplicar depende mucho de la interpretación que se le dé a la misma. “Esto también es inconstitucional”, concluyó.
Luego que el Congreso aprobara de forma sorpresiva las reformas a la Ley de ONG, a consideración de dos abogados, la normativa es inconstitucional.https://t.co/vfx5brTpYQ
— Diario La Hora (@lahoragt) February 12, 2020
MARROQUÍN: ES UN MAMARRACHO LO QUE APROBÓ EL CONGRESO
El excandidato presidencial Manfredo Marroquín, expresó que el Congreso aprobó una ley que contiene horrores. “Es una vergüenza que los diputados hayan aprobado un mamarracho, pues este viola principios constitucionales como el de la defensa”, dijo.
Marroquín afirmó, que la ley establece la cancelación de una oenegé sin otorgar un debido proceso de defensa. “No se puede condenar a muerte a una organización sin darle un debido proceso, además, esta deja a discrecionalidad de definir qué es alterar el orden público”, declaró.
APROBACIÓN
La alianza del oficialismo, conformada por TODOS, Valor, FCN, Unionista, UCN, PAN, Prosperidad Ciudadana y ViVa, así como Humanista y algunos diputados de la UNE y Victoria, aprobaron, la noche del martes, con 81 votos a favor, las reformas a la Ley de Organizaciones no Gubernamentales (ONG), Decreto 4-2020, el cual establece una serie de prohibiciones y sanciones a este tipo de entidades.