Por Margarita Girón
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El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), publicó hoy en el Diario Oficial, a través del Acuerdo 1466, el Código de Ética, en el cual se detallan seis capítulos y 36 artículos que destacan las reglas de ética y conducta, orientados a que los sujetos de responsabilidad dentro del Instituto, así como asesores, puedan realizar un trabajo cotidiano con apego a dicho principio.
De acuerdo a la publicación, el Código de Ética provee los lineamientos generales para promover un comportamiento ético, tanto en las funciones, como en las atribuciones y deberes de todo el personal del IGSS, tanto sujetos de responsabilidad, en donde se incluyen los miembros de la Junta Directiva, miembros de la Gerencia, miembros del consejo técnico y todos los trabajadores del Instituto.
Asimismo, se detalla que los sujetos de responsabilidad y asesores del Instituto deben conducirse con una actitud íntegra, sensible, solidaria, de apoyo y trato digno hacia sus compañeros y hacia la población protegida del Instituto, “respetando a las personas y sus derechos, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 100 de la Constitución de la República”.
Además, se describe que tanto los trabajadores, como los asesores del IGSS, deben actuar con rectitud e integridad en el obrar y no deben utilizar su cargo o posición para obtener algún provecho, beneficio personal o favorecer a terceros. También procurar el entendimiento de las necesidades de la población protegida y elevar la calidad de atención médica y los servicios que presta el Instituto, a fin de atender de una mejor manera dichas necesidades, de acuerdo con la capacidad económica del Seguro Social.
En el Código de Ética, se destaca la cultura anticorrupción, en donde señalan que es obligación de los sujetos de responsabilidad y de los asesores del IGSS, abstenerse de utilizar su cargo para obtener dádivas, beneficios, privilegios o favores de cualquier tipo, ya sea para beneficio propio o para beneficiar o perjudicar a terceros. Así como promover la transparencia y rendición de cuentas.
BUSCAN GARANTIZAR LA TRANSPARENCIA EN EL INSTITUTO
Carlos Contreras, presidente de la Junta Directiva del IGSS, comentó que el Código de Ética es parte de una estrategia que busca garantizar la transparencia y calidad en el servicio que ofrece el IGSS, así como la utilización correcta de los recursos del Seguro Social.
Contreras detalló que la estrategia cuenta con dos fases; la primera dirigida a lo interno de la institución a través del Código de Ética y la segunda que va enfocada a una propuesta en la que trabajan a nivel externo, basada en un Pacto de Integridad orientado hacia los proveedores del Instituto.
“Este Código de Ética está orientado para todos, desde la Junta Directiva, gerentes, ejecutivos, asesores, todos los prestadores de servicios de la institución; todos entran en este Código de Conducta”, enfatizó Contreras.
Actualmente, el IGSS cuenta con al menos 19 mil trabajadores distribuidos en las 124 unidades médicas y dependencias administrativas de la institución.
A decir de Contreras, desde el inicio de la Junta Directiva a su cargo, se han impulsado cambios estructurales que han dado frutos, en materia de ir generando una nueva cultura.
“Lo que pretendemos alcanzar como objetivo principal con este Código de Ética, es una nueva cultura de servicio, de transparencia, honorabilidad y de excelencia profesional en el IGSS” añadió Contreras.
SOBRE LAS PROHIBICIONES
Dentro de las prohibiciones que se describen en el Código de Ética, se menciona que los trabajadores y asesores del Seguro Social, deben abstenerse de realizar cualquier acto de corrupción que implique aceptar sobornos de cualquier índole o especie para favorecer de manera ilegal o ilegítima a proveedores, protección protegida, sujetos de responsabilidad, funcionarios o cualquier otra persona, en la entrega de servicios o adjudicación de contratos al instituto.
Además, también prohíben chantajear o extorsionar de cualquier forma o medio a proveedores, población protegida, o cualquier otra persona, en la prestación de servicios o adjudicaciones del IGSS.
También detallan que está prohibido utilizar el carné o cualquier otra insignia del Seguro Social para obtener beneficios de carácter personal. Así como rehusarse a prestar el servicio al cual está obligado. El Código de Ética, emitido por la Junta Directiva del IGSS, entrará en vigencia a partir del 4 de febrero, un día después de su publicación en el Diario de Centro América.