Mario Roberto Coyoy G.
mcoyoy@deloitte.com
El cierre fiscal del período 2018 está muy cerca, y como en años anteriores recomiendo que las empresas y todos los contribuyentes en general realicen una evaluación de todos aquellos aspectos que tendrán incidencia en la determinación del Impuesto Sobre la Renta -ISR- y otros impuestos, así como también el análisis de los diferentes criterios institucionales que la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- ha emitido referente a una variedad de temas tributarios que tienen incidencia en la determinación del ISR. Esto con el fin de analizar si las políticas y procedimientos de la organización se encuentran en línea con los criterios de la SAT, y en caso de diferir si se cuenta con la argumentación y soporte de los mismos.
Adicionalmente, es importante tener presente las regulaciones tributarias sobre los temas críticos contenidos en el Decreto 10-2012 y sus reformas, así como las inconstitucionalidades que ha planteado la Corte de Constitucionalidad -CC- a la fecha. Al respecto, se debe considerar que empresas que se encuentran inscritas en el Régimen sobre Utilidades de Actividades Lucrativas también deben efectuar un análisis acerca de sus créditos fiscales generados por el pago del Impuesto de Solidaridad -ISO- (según forma de acreditamiento elegida) y los pagos trimestrales del ISR efectuados.
Tal y como lo realicé el año pasado, en forma general, compartiré a continuación algunos de los temas que debe analizar cada empresa en su cierre fiscal 2018:
Principios generales: Base contable utilizada por el contribuyente, tipos de renta o ingresos, ingresos no afectos y exentos, recordar la separación de costos y gastos por tipo de renta, el principio de onerosidad, el concepto de residente, el concepto de establecimiento permanente, las reglas de valoración (precios de transferencia), las reglas generales de deducibilidad de costos y gastos, la forma de determinación del Impuesto (base imponible).
Ingresos: Diferencial cambiario, rentas por ventas de productos agrícolas, agropecuarios y reciclados a exportadores, revaluación de activos fijos, intereses, dividendos, ganancias y pérdidas de capital, conciliación de ingresos reportados en régimen de IVA vs. ISR, forma de reportar los ingresos en empresas con beneficios fiscales, cooperativas, empresas de construcción, venta de activos extraordinarios y arrendamiento financiero.
Costos, gastos y su deducibilidad: Recordar tomar en consideración la bancarización para efectos tributarios, el pago del ISR por cuenta del proveedor (absorción de impuestos), reserva y destrucción de inventarios, la forma de reportar las cuentas incobrables, los requisitos para la deducibilidad de sueldos y prestaciones, intereses, depreciaciones, activos intangibles, servicios del exterior, donaciones, costo de importaciones, mejoras a propiedades arrendadas, regalías, autoconsumos, viáticos, liquidación del impuesto y el aprovechamiento de los pagos en exceso generados en años anteriores (en los casos que proceda).
En las próximas publicaciones comentaré un poco de cada uno de los temas indicados en los párrafos anteriores. Que Dios los bendiga.