POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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Desde el martes 8 de enero que la Presidencia publicó el acuerdo 2-2019, que da por terminado unilateralmente el Acuerdo de creación de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), los mandatarios de dicha institución no se han podido presentar a las audiencias. Sin embargo, según el Ministerio Público (MP) los procesos penales no se han visto afectados por esto.

Por medio de comunicación social, la Fiscal General, Consuelo Porras, dijo que la ausencia de los mandatarios de la CICIG no afecta el desarrollo de los distintos casos en tribunales ya que “la titularidad de la acción y persecución penal”, le corresponde al MP.

Porras dijo que la presencia de la CICIG como querellante adhesiva es un derecho, mientras que la del MP es obligatoria.

De igual forma, el jefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval, comentó que el hecho de asistir a las audiencias es un derecho que tiene el querellante, en este caso la Comisión.

“Formalmente (la ausencia de los mandatarios de CICIG) no afecta porque el ejercicio de la persecución penal, de la acción penal, lo tiene el Ministerio Público y, en todo caso, el hecho de asistir a las audiencias para el querellante adhesivo es facultativo y esto no impide el desarrollo de las mismas”, dijo Sandoval.

En todo caso, si pudiera existir una afectación, Sandoval dijo que consistiría en que en las audiencias no se cuenta con el aporte de litigio de la CICIG, sin embargo, “el material que ellos (la CICIG) han aportado a las investigaciones del Ministerio Público se sigue incorporando”.

El jefe de la FECI también aclaró que la ausencia de la CICIG a los casos no ha provocado que se suspendan las audiencias, ya que los jueces han procedido según lo que establece el segundo párrafo del artículo 5 del Código Procesal Penal.

INCONSTITUCIONALIDADES

Varios sectores de la sociedad civil plantearon inconstitucionalidades en contra del acuerdo 2-2019 cuestionando su legalidad.

Una de estas inconstitucionalidades fue planteada en forma conjunta por el abogado Alfonso Carrillo, el jurista Jorge Mario García Laguardia y los activistas Helen Mack y Álvaro Montenegro. A su criterio, dicho acuerdo violó la Constitución Política de la República en sus artículos 44, 46, 140, 149, 175 y 182, por lo que piden que la Corte de Constitucionalidad deje sin efecto el mismo.

Entre los argumentos, los interponentes dicen que el acuerdo de creación de la CICIG es un tratado internacional en materia de derechos humanos y por lo tanto tiene “preeminencia” sobre el derecho interno.

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