Por Redacción La Hora
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Después de cuatro días de reuniones, los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvieron de forma unánime que el jefe de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), Iván Velásquez, puede ingresar al país, revocando de esta manera la decisión del presidente Jimmy Morales de prohibir su ingreso.

La resolución de la CC se dio tras analizar el amparo presentado por el abogado Alfonso Carrillo, a quien se le otorgó el amparo provisional, informaron los magistrados de la CC, en conferencia de prensa. El acto reclamado fue la decisión el presidente Morales de no permitir el ingreso del comisionado al país.

El vocero de la Corte, Santiago Palomo, explicó que la última renovación del mandato de la CICIG fue autorizada por el mandatario Jimmy Morales, derivado de esto el acuerdo relacionado a la presente fecha continúa vigente.

Según dijo, consta en autos copia del oficio en el que se prohibió el ingreso de Iván Velásquez al país. El secretario General de la ONU invitó al gobierno a encontrar una solución según el artículo 12 del Acuerdo de creación de la CICIG por lo que la Corte, en relación a la acción promovida contra el Presidente estima que resulta aconsejable otorgar el amparo, explicó Palomo.

Según el vocero, Morales deberá actuar conforme el artículo 12 del Acuerdo de creación de la CICIG.

El artículo 185 de la Ley de Amparo establece que las decisiones de la CC vinculan al poder público. Debe atenderse que las decisiones del Tribunal son irrecurribles y deben ser acatadas, de no hacerlo, conlleva responsabilidades, indicó.

La magistrada presidenta, Dina Ochoa, señaló que se otorga el amparo provisional con los siguientes efectos: el presidente Jimmy Morales debe realizar las negociaciones con el secretario general de Naciones Unidas hasta agotar vías del diálogo previstas en el artículo 12 del Acuerdo que establece a la CICIG, a efecto de que sea mediante ese mecanismo que se definan las controversias, lo anterior en la debida observancia de varios artículos de la Constitución Política de la República.

Segundo: Morales deber permitir el ingreso al territorio nacional al comisionado Iván Velásquez, lo cual debe realizarse en armonía a lo que establece el Acuerdo entre Naciones Unidas y Guatemala respecto al establecimiento de CICIG. Se considera incumplida la orden si no permite el ingreso del comisionado.

Al director General del Instituto de Migración se le ordena permitir el ingreso del comisionado, esta orden se considerará incumplida en el momento en que no se permita su entrada.

Según la resolución, de no acatar el amparo se deberán deducir responsabilidades.

En la sesión de hoy conocieron tres expedientes y tres solicitudes de debida ejecución de amparo, únicamente se otorgó amparo provisional al presentado por Carrillo.

El pasado 5 de septiembre, el Gobierno informó que no permitiría la entrada de Velásquez al país, al considerar al comisionado como una persona que atentaba contra el orden y la seguridad pública.

Esta decisión fue tomada por el presidente Morales tras una recomendación del Consejo Nacional de Seguridad Nacional.

ÓRDENES ILEGALES

En varias ocasiones, el presidente Jimmy Morales ha afirmado que no acatará órdenes ilegales, en clara referencia a las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad.

El pasado 6 de septiembre Morales afirmó que la Constitución le faculta a no obedecer órdenes ilegales, reiterando lo que dijo el viernes 31 de agosto, cuando anunció que no renovaría el mandato de la CICIG, citando la Carta Magna, sobre que las instituciones y sus funcionarios no están obligados a acatar órdenes ilegales.

“Nuestra máxima ley me faculta a no obedecer órdenes ilegales y en ese contexto, le digo al pueblo de Guatemala que a lo largo de nuestra administración de gobierno nunca tomaremos decisiones que violen el orden constitucional”, afirmó Morales en esa ocasión, en una conferencia en la que reiteró las decisiones de su gobierno en contra de la CICIG.

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