POR JOSÉ PABLO DEL ÁGUILA
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El Juzgado de Mayor Riesgo “D”, a cargo de la jueza Erika Aifán, condenó esta mañana en un procedimiento abreviado a nueve empresarios de la construcción que aceptaron haber entregado sobornos al exministro de Comunicaciones, Alejandro Sinibaldi y les ordenó pagar una reparación integral de aproximadamente Q35 millones en obras. El haber reconocido su culpabilidad agilizó el proceso para los empresarios y, además, los libró de ir a prisión.
La jueza condenó a los empresarios por el delito de cohecho activo dentro del Caso Construcción y Corrupción, los Negocios del Micivi, por el cual aún se encuentra prófugo Sinibaldi.
Los empresarios condenados son: Álvaro Mayorga Girón, Juan Luis Tejada Argueta, José Luis Rodrigo Agüero Urruela, Pedro Luis Ramón Rocco Arrivillaga, Allen Robert Krebs Wickfords, Rafael Ángel Díaz Fión, Rafael Ángel Díaz Samos, Jesús Augusto García Ibáñez y Raúl Eduardo Cuevas Alvarado.
La pena impuesta consiste en cinco años de prisión conmutables. En el caso de Alvarado Cuevas, se le conmutó la pena a razón de Q25 diarios y se le impuso una multa de Q100 mil. A los otros ocho empresarios se les multó por Q500 mil y deberán pagar Q100 diarios.
Además, la jueza ordenó la suspensión del goce de los derechos políticos de los condenados mientras dure la pena.
La Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) señaló durante la audiencia que, a lo largo del proceso penal, se determinó que los empresarios eran responsables de haber entregado sobornos a Sinibaldi a cambio de que este ejerciera su poder para que se les pagara deuda de arrastre de otros gobiernos.
En virtud de lo anterior, la FECI solicitó a la jueza Aifán que ordene una reparación digna (ver cuadro detallado). Como parte de esta reparación, la Fiscalía pidió que los empresarios ofrezcan una disculpa pública al pueblo de Guatemala y que ésta sea difundida en un medio de comunicación; esto no podrá ser en redes sociales.
La Fiscalía también pidió que los empresarios adopten medidas de prevención en las entidades mercantiles que tengan interés con la finalidad de poder “identificar, reportar y denunciar” hechos relacionados a actos de corrupción y lavado de dinero u otros activos.
Además, se pidió la construcción de tramos carreteros por montos que alcanzan hasta los Q9 millones. En cada obra, la FECI solicitó que se coloca que un cartel que indique la construcción se realiza en cumplimiento a una condena por el delito de cohecho activo. En cuanto a Alvarado Cuevas, se solicitó que entregue al Estado cinco equipos topográficos, cada uno vale Q60 mil.
La jueza Aifán ordenó que el pago de la reparación digna solicitada se haga en un plazo de un año y 6 meses.
¿QUÉ ES LA REPARACIÓN INTEGRAL?
Según el MP, la reparación comprende medidas de “indemnización o compensación, restitución, rehabilitación, satisfacción y garantía de no repetición” de delitos cometidos.
La indemnización o compensación que deberá pagar un victimario se determina evaluando la gravedad del delito que cometió y los perjuicios, sufrimientos y pérdidas económicas que causó con su comportamiento.
Las medidas de restitución consisten en “devolver a la víctima” la situación en la que se encontraba antes de que un delito fuera cometido en su contra.
Las medidas para la rehabilitación buscan “contrarrestar” el sufrimiento de la víctima derivado de la comisión de un delito.
En tanto, la medidas de “satisfacción” están orientadas a “restablecer la dignidad de las víctimas” a través de que un tribunal determine la verdad de lo sucedido y la medida de no repetición busca que un delito no vuelva a ocurrir y eliminar las causas que facilitaron que el victimario lo cometiera.