POR JOSÉ DEL ÁGUILA
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La Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal declaró sin lugar un recurso de apelación del Ministerio Público (MP) con el cual buscaba revocar la resolución del Juzgado Sexto de Primera Instancia Penal que liberó de cargos a la ministra de Relaciones Exteriores, Sandra Jovel Polanco, por el delito de adopciones irregulares.

El fallo de la Sala contó con el voto disidente de la magistrada Zonia de la Paz Santizo, quien no estuvo de acuerdo con la resolución de la jueza Silvia de León, titular del juzgado Sexto, de cerrar el proceso penal a favor de la Canciller.

De La Paz Santizo expuso que a la jueza De León únicamente le correspondía verificar si existían indicios o no de que Jovel Polanco incurrió en el delito que se le imputa, y no pronunciarse en relación a la inocencia o culpabilidad de la sindicada, ya que esto le corresponde hacerlo a un Tribunal de Sentencia.

En tanto, las magistradas que votaron a favor de que se confirmara el cierre del proceso penal fueron Beyla Estrada y Edith Marilena Pérez. La primera es esposa del titular de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, Alfredo Brito.

MP IMPUGNARÁ

El MP informó que no está conforme con la resolución de la Sala Tercera, por lo que la Fiscalía contra la Trata de Personas ya se encuentra preparando un escrito de impugnación, el cual se presentará en los próximos días ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Con la impugnación, la Fiscalía busca que se revoquen las resoluciones que beneficiaron a Jovel Polanco y se ordene proceso penal por el delito de adopción irregular.

La Fiscalía asegura que cuenta con más de 104 medios de convicción, entre los cuales se encuentran testimonios y documentos, los cuales acreditan que la Canciller cometió el delito referido.

CASO
Según el MP, el 24 de julio de 2010 el juez de Paz de Turno, Leonel Rodrigo Saénz, le otorgó la tutela temporal a Jovel Polanco de un niño recién nacido que había sido abandonado por sus padres en un sanatorio. Esto, pese a que Jovel Polanco no cumplía con los requisitos legales que establece la Secretaría de Bienestar Social.

El juez Sáenz era primo de Dominga Ordóñez Saénz, amiga de Jovel Polanco y quien sirvió de enlace entre el togado y la Canciller.
Días después, un juez de Niñez se da cuenta de las irregularidades y ordena que el bebé sea enviado a un albergue temporal.

El 12 de noviembre de 2010, el juez de Niñez ordena que el niño quede al abrigo de Ordóñez Sáenz y Mynor Quintana, quienes sí cumplían los requisitos legales. No obstante, días después, la Procuraduría General de la Nación se percató de que el recién nacido se encontraba nuevamente bajo el cuidado de Jovel Polanco, quien tenía prohibición expresa de estar con él.

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