Raúl Molina

Los tres Poderes del Estado, la Corte de Constitucionalidad (CC) como superpoder, y los hoy mecanismos de limpieza -MP y SAT, con apoyo de la CICIG- deben entender que la reforma, necesaria por haberse llegado a la condición de Estado «fallido», obligan a proceder con rigurosidad y seriedad. Las reformas «por parches» no son ni rigurosas ni serias y por eso no se reacciona con entusiasmo alguno ante los cambios a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), el sistema de justicia, el sistema de impuestos y el sistema de seguridad social. Para que las reformas sean integrales se debe modificar primero la ley marco, es decir, la Constitución. Por ejemplo, en el caso de la LEPP, quedó en evidencia que los primeros parches fueron insuficientes y el Ejecutivo propuso una segunda serie de parches, la cual, a su vez, requerirá de más parches por su ineficacia. No tiene ningún sentido el número de curules en el Congreso si previamente no se ha redefinido la representatividad de los electos y los requisitos de elección. En el caso de los migrantes, las series de parches no responden a nuestras necesidades -no hay elección de representantes propios ante el Congreso y existen otras limitaciones que los demás ciudadanos no enfrentan. Si la Constitución exige la igualdad ciudadana, resulta claro que la LEPP, con sus parches presentes y por venir, seguirá pecando de inconstitucionalidad.

La reforma del sistema de justicia se quedaría corta si la igualdad de los cuatro pueblos de Guatemala, que es exigencia a ser incluida en la Constitución, termina siendo restringida, al continuarse la discriminación del derecho indígena. ¿Qué sentido tiene discutir quiénes deben participar en las Comisiones de Postulación si no se establece previamente cómo operará el sistema de justicia dentro de un reordenamiento total del sistema político? ¿De qué serviría definir el mecanismo de postulación de magistrados ante la CC si, como muchos proponemos, la CC desapareciera en la nueva Constitución? Aún con leyes como la de la SAT o la del IGSS, las controversias no resueltas por un Pacto Social a lograr impedirán que las nuevas leyes parchadas puedan considerarse definitivas. El tipo y monto de los impuestos y la modalidad de aplicarlos va a depender de una norma constitucional, que es a todas luces indispensable, de que quienes tienen más paguen mayores impuestos. Todo el andamiaje del IGSS sería modificado si la población determinara, por decisión constitucional, cómo debe financiarse y operar el sistema de seguridad social. Resulta claro que nos oponemos a la privatización de los servicios y las pensiones, porque el propósito de los fondos es contar con un servicio de excelencia y de aplicación global, así como garantizar la protección de quienes ya no puedan trabajar, y no el de financiar las aventuras capitalistas de las empresas. En su afán de hacer cambios «para que no cambie nada», los sectores de poder demuestran, a diario, que es impostergable entrar previamente a la redacción de una nueva Constitución. Exigimos reformas rigurosas y serias que garanticen una Nueva Guatemala para los próximos cincuenta años.

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