POR CLAUDIA PALACIOS
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El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU señaló la captura ilegal de tres dirigentes del Comité de Desarrollo Campesino (Codeca) en 2014 y denunció la falta de interés del Estado en resolver la situación violatoria de los derechos humanos.

_Nac47_4bMauro Vay Gonon, Mariano García Carrillo y Blanca Julia Ajtún Mejía, dirigentes de Codeca, regresaban de una asamblea comunitaria en San José Ixcoy, Huehuetenango, cuando fueron detenidos por cinco personas particulares en la orilla de la carretera y fueron entregados a la Policía Nacional Civil (PNC) sin que existiera orden de captura en su contra, señala el informe de la oficina de la ONU sobre los hechos suscitados el 26 de junio de 2014.

Los captores, quienes no tenían potestad para aprehenderlos, argumentaron que los tres dirigentes fueron sorprendidos en flagrancia cuando reunían a vecinos del lugar para solicitarles dinero a cambio de reducir los precios de la energía eléctrica, haciendo conexiones directas desde los postes de energía hasta cada una de las casas, lo cual, a su criterio era una especie de robo, relata el documento.

Los detenidos fueron acusados frente al Juez de Primera Instancia Penal de Huehuetenango por los delitos de coacción, amenazas, sedición, instigación a delinquir caso especial de estafa y atentado contra la seguridad interior de la Nación; finalmente, se les abrió proceso y fueron enviados a prisión por los dos últimos cargos.

De esa forma, el poder judicial declaró la legalidad de la detención, “sin examinar la flagrancia ni verificar la existencia o no de pruebas, ni tampoco analizar la razonabilidad”, reza la deliberación del Grupo contra la Detención Arbitraria.

Posteriormente, la defensa de los sindicados interpuso varios recursos de exhibición personal para que se verificara la ilegalidad de la detención, así como apelaciones para anular el fallo del juez de Huehuetenango, pero no obtuvo una respuesta satisfactoria.

“El Grupo de Trabajo recibió información convincente que constata la vaguedad de los delitos por los que se les acusa; la inexistencia de una orden librada para la detención con apego a la ley y emitida por una autoridad competente; que la detención fue hecha por particulares, sin autorización para hacerlo; la inexistencia de elementos de prueba relevantes y ajustados a derecho sobre la presunta realización de un delito por los acusados”, indica el informe.

Sumado a esto, el 11 de febrero de 2016, el Grupo de Trabajo envió un sumario del caso al Gobierno de Guatemala, con el objetivo de que se pronunciara sobre la actuación de la PNC, una institución estatal; sin embargo, optó por no responder al mismo, lo que los investigadores consideraron una ausencia de cooperación de las autoridades.

Por tales razones y tras un análisis de los hechos y el proceso penal al que fueron sometidos los detenidos, el grupo determinó que los tres dirigentes fueron capturados arbitrariamente, por lo que, de acuerdo con el derecho internacional, tienen derecho a obtener una reparación por parte del Estado, lo cual incluye restitución, compensación, rehabilitación y garantías de no repetición.

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