El panorama electoral 2027 comienza a mover los intereses de los actuales funcionarios en los diferentes organismos: el gabinete presidencial, el Congreso o los palacios municipales, aunque existen impedimentos en ciertos casos puntuales.
Antes de optar a la Presidencia o a una Alcaldía, ministros de Estado y diferentes empleados estatales deberán renunciar, según lo establecen la Constitución Política de la República de Guatemala y la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEEP) en cada caso específico.
Por ejemplo, los ministros que opten exclusivamente a la Presidencia deben presentar carta de renuncia a más tardar este 26 de diciembre. La Carta Magna, en su artículo 186, prohíbe la participación de aquellos que integren el Gabinete durante cualquier tiempo en los seis meses anteriores a la elección 2027: el próximo 27 de junio.
Proceso de elecciones generales inicia en enero, según cronograma definido por TSE
IMPEDIMENTO PARA OPTAR A LA ALCALDÍA
También existe una prohibición para el caso de la alcaldía.
El magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Roberto Morales, recientemente recordó el artículo que se refiere al caso de la elección de alcalde.
Para el referido caso, la Ley Electoral señala que los funcionarios o empleados tendrán que dejar su cargo dentro de los tres meses antes de la convocatoria a elecciones si es que ejercen un cargo en el municipio donde se postulen.
La convocatoria a Elecciones 2027 está prevista para el 22 de enero. Por lo tanto, la fecha límite de renuncia para quienes estén próximos a postularse como jefes ediles será el 21 de octubre.
«El pleno (de magistrados) va a establecer un acuerdo relacionado con estos procesos para que lo tengan en consideración aquellos funcionarios que quieran optar a cargos públicos», dijo el togado electoral en la reunión de partidos políticos.
Aunque la ley no describe de forma específica los cargos, exmagistrados apuntan a que esta prohibición podría abarcar a directores de los diferentes ministerios: Educación, Salud, Agricultura, Desarrollo Social, entre otros, lo cual lo confirmó a La Hora el magistrado Quelvin Jiménez.
No obstante, se hace una excepción con aquellos que brinden asistencia social y se desarrollen en la docencia.
La obligación de renunciar tres meses antes también aplica a los gobernadores, quienes ejercen sobre todo un departamento, por lo cual la norma de «ejercer sobre un municipio» aplica a los que integren ese departamento, según advirtió el magistrado del TSE.
También surge la interrogante de la interpretación del caso de diputados que busquen una alcaldía. Mientras que exmagistrados consultados refieren que este caso podría ser similar al de los gobernadores, el actual magistrado Quelvin Jiménez explica que los diputados ejercen su función como representantes de la República y no de un municipio.
LA ÚLTIMA PALABRA LA TIENE EL PLENO DEL TSE
El pleno de magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) se encuentra en la formulación del acuerdo donde se detallan las fechas presentadas anteriormente y reiterarán las prohibiciones para optar a Presidencia, Alcaldía y Diputaciones.








