domingo, 7 diciembre 2025

discriminación institucional

Un importante fallo contra la censura

“Artículo 35. Libertad de emisión del pensamiento. Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna”. La libertad de expresión en Guatemala vive momentos críticos. Ya lo advertí en otra columna al abordar el caso en el que el Ministerio Público intentó perseguir penalmente a periodistas y columnistas de elPeriódico...
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