Un informe presentado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) señala que la pandemia del COVID-19 ha generado la generado la pérdida de 34 millones de empleos en el América Latina y el Caribe. Foto La Hora/ilustrativa

Por Denis Aguilar
daguilar@lahora.com.gt

La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió de manera provisional el acuerdo ministerial 250-2020 emitido por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MINTRAB), en el cual establecían procedimientos para los patronos que tuvieran la imposibilidad de pagar el Bono 14.

El máximo tribunal constitucional no dio mayores detalles de la decisión tomada por los magistrados, indicando únicamente en un comunicado que se decretó la suspensión provisional de dicho acuerdo emitido la semana pasada.

El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), la Asamblea Social y Popular (ASP) y la Asociación de Estudiantes Universitarios (AEU) interpusieron acciones de inconstitucionalidad contra dicho acuerdo.

El pasado viernes, el Ministerio de Trabajo publicó el acuerdo ministerial 250-2020, donde se explica que los patronos que no puedan pagar el Bono 14 deberán presentar un acta notarial de declaración jurada, argumentando las razones que les imposibilitaba realizar el pago de esta bonificación.

Aunado a la declaración jurada, los patronos debían entregar una certificación con los índices de solvencia, liquidez y endeudamiento al 30 de junio del 2020, además de un informe sobre el pasivo registrado de manera contable del Bono 14.

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