POR REDACCIÓN LA HORA
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A través del Acuerdo 19-2008 el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), inició el Plan piloto para la implementación de la transmisión, validación y pago de las Planillas de Seguridad Social en forma electrónica, dando resultados eficientes, tanto para los patronos como para el Instituto, ya que con la automatización se ha agilizado el proceso de recepción y pago de las planillas de seguridad social.
Dicho acuerdo contempló que, para cumplir con la obligatoriedad de incorporar a todos los patronos a la presentación de las Planillas de Seguridad Social en forma electrónica, se establecieron dos fases, las que debieron cumplir los patronos, según sus aportes y el plazo establecido.
De acuerdo con el Instituto, a partir de la vigencia de dicho Acuerdo, todo patrono que se inscriba al Régimen de Seguridad Social, quedó obligado a presentar la Planilla de Seguridad Social en forma electrónica.
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS?
Dentro de los beneficios que tiene la planilla electrónica para los patronos destacan:
• Optimiza servicios pecuniarios y de salud para sus trabajadores
• Confidencialidad
• Reducción de gastos
• Reducción de tiempo
• Alta seguridad
• Amplios horarios
• Más bancos disponibles (Banrural, BAM, BI, Promerica, InterBanco, BAC, GyT, y transferencias BANGUAT para el sector Público)
Los beneficios de la planilla electrónica, no solo se centran en los patronos, pues el afiliado también obtiene beneficios como:
• Inscripción y actualización de afiliados en línea por parte del patrono.
• Creación de su historial salarial automáticamente y de sus aportaciones al IGSS.
• Agilización de trámites para prestación de servicios salud y pecuniarios.
TAMBIÉN LLEGÓ LA MODERNIZACIÓN A LOS CERTIFICADOS DE TRABAJO
El IGSS, a través del Acuerdo 1473 de Junta Directiva, Publicado en el Diario de Centro América el 07 de abril de 2020, acordó eliminar el uso del Certificado de Trabajo Electrónico como instrumento para la acreditación de derechos al Régimen de Seguridad Social, autorizando el uso de la Planilla Electrónica de la Seguridad Social como el mecanismo para la calificación de derechos y el otorgamiento de las prestaciones que reglamentariamente le corresponden a sus afiliados y derechohabientes.
Esto modernizó el proceso establecido en el Acuerdo 856/89 de Junta Directiva, en donde se autorizó el uso del Certificado de Trabajo papel, con el fin de establecer la calidad de afiliado de un trabajador, el monto de su salario y el derecho que pueda corresponderle a los beneficiarios.
Además, del Acuerdo 33-2012 de Gerencia, en donde se autorizó la generación y uso a nivel nacional del Certificado de Trabajo Electrónico –CTE-, para todos aquellos patronos que se encuentran adheridos al Sistema de Generación, Transmisión, Validación y Pago de Planilla de Seguridad Social por medio Electrónico.
Asimismo, a partir de la publicación de dicho acuerdo, el uso del certificado de trabajo y el certificado de trabajo electrónico DPD-112, así como de la normativa que los fundamenta, tuvieron una vigencia de tres meses calendario (Hasta el mes de julio de 2020), o bien para los casos de prestaciones pecuniarias que estén el trámite o pendientes de resolver, antes de la entrada en vigencia de dicho acuerdo, se estipuló que deberán ser resueltos con base en las normas que estuvieron vigentes a la fecha del riesgo o bien de conformidad con lo establecido en el referido acuerdo, según favorezca al afiliado (interesado).
El Instituto cuenta con más de 27 mil patronos que se traducen en más de 1.3 millones de afiliados que se benefician con la seguridad social en Guatemala.