Alfonso Mata
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Niños mal atendidos o no atendidos, mala práctica, pacientes abandonados en los servicios, lugares contaminados con desechos industriales, comerciales y domiciliares, minería que contamina el ambiente y causa enfermedades y su propagación. De todo eso y algo más se ha denunciado, pero y ante eso ¿dónde está el Estado, dónde están los abogados? Un abogado especializado en asuntos de salud pública no existe ni en el MSPAS ni en el IGSS y mucho menos contamos con «un procedimiento que no buscará encontrar culpabilidad, sino que hará que el Estado de lugar» para permitir que las víctimas accedan a la evidencia y obtengan reparación.

El registro de denuncias en los medios de comunicación (no sé si en los juzgados también) en los últimos años es cuantioso y angustioso: pero no hay sino muy contados casos en que, la justicia haya dado una respuesta clara a las disfunciones (muerte o enfermedad) que se han denunciado y eso con una tardanza que llora muertos e inválidos. Pero también es notable la relajación general del ciudadano ante tales desmanes. “De nada sirve denunciar” es una respuesta general. Este fracaso de la salud pública, alimenta un estupor, una desilusión y una desconfianza más profunda que en nuestra cultura se llena de resignación.

¿CÓMO EXPLICAR ESTE FRACASO?

Consulté con un abogado y esto fue lo que me dijo:

En nuestro medio, la justicia civil, que está allí para reparar el dinero en dinero, el daño, es un punto muerto para aquellos que la quieran y algo inaudito: cada víctima debe buscar la prueba de las fallas que denuncia. Esto es imposible porque frente al daño colectivo, el paciente no puede acceder solo a la evidencia de las causales, los responsables públicos de la toma de decisiones o las empresas. Para conocer un proceso de decisión complejo posteriori de estos casos, solo hay una forma posible: la justicia penal. Solo un juez de instrucción, tiene los medios para acudir a la búsqueda, si es necesario obliga, evidencia y reconstruye el escenario del desastre, pero eso hacerlo…ni pensarlo. Solo él puede interrogar a las personas que participaron en la cadena de toma de decisiones, confiscar los archivos de los grandes tomadores de decisiones, los ministros, industriales o agencias de salud. Pero el propósito criminal está mal adaptado, porque vincula la búsqueda de la verdad con la búsqueda de la culpa. Es una fortaleza y también un vicio.

Y ENTONCES ¿QUÉ QUEDA?

Una demandante a una fábrica, por verter material peligroso que le afectó, fue esto lo que opinó:

Se debe demostrar que la persona o la institución cometió un delito: Culpa caracterizada o «incumplimiento manifiestamente deliberado de un deber de cuidado o seguridad”, lo cual es raro y difícil para el demandante. Esto lo que provoca es proteger a los que cometen actos contra la salud y muchas mentes son reacias a la idea de una sanción penal por actos involuntarios, pues “primero está el progreso” ¿el progreso de quién? Son los juzgados reacios a criminalizar a aquellos por ignorancia, intereses ocultos, quizá por ambos y otras cosas más.

Yo tuve muchos problemas, se me indicó que para obtener una condena por homicidio o lesión no intencional, debe haber demostración sin ninguna duda, un vínculo causal entre la patología de la víctima y el delito, que es muy difícil y, a veces, imposible y lleva mucho tiempo entre la exposición al riesgo y los primeros síntomas de la patología y su evolución: las personas expuestas a algo, las personas que han sido tratadas con algo indebido, aquellos que han sufrido radiaciones u otras exposiciones ambientales indebidas, todos esos casos llevan mucho tiempo y las enfermedades progresan y ¿sabe que es lo peor? el MSPAS no cuenta ni con recursos ni con dinero para explorar esos problemas, en la aldea ya resultaron otros casos pero nadie les pone pelo.

LA JUSTICIA PENAL Y LA PRESIÓN POLÍTICA

No se necesita hablar con expertos. El cuerpo de jueces y magistrados es un cuerpo de funcionarios públicos, aparte de eso, tienen un entendimiento natural con los miembros de la administración que han tenido situaciones delicadas o incluso médicos. La idea de que el estado actúa de manera desinteresada y de buena fe, como la medicina, considerada necesariamente virtuosa, a menudo induce a los magistrados, especialmente a los fiscales, a pensar que la salud pública no es el campo del derecho penal. Es un error. Las mentalidades cambiarán con las generaciones.

¿CÓMO SALIR DE ESTAS DIFICULTADES?

De nuevo el abogado explica:

La ley penal de salud pública y el medio ambiente debe ser legible y clara al reunir en un solo «código penal de salud pública y medio ambiente» todos los textos dispersos al azar que solo causan confusión. El juez con este procedimiento tendría poderes de investigación tan completos como los de un juez de instrucción: confiscar archivos, interrogar a los funcionarios, usar la fuerza pública si es necesario, transgredir secretos industriales o administrativos, ordenar pericias. Su función sería sacar a la luz la verdad, no necesariamente para llevar a una acusación o una condena penal, incluso si esta dimensión pudiera reaparecer al final.

Este sistema ayudaría a comprender las disfunciones y permitiría a las víctimas acceder a la evidencia y obtener reparación. Daría a la justicia una humanidad que no tiene. Finalmente, creo que se necesita una alta autoridad para la independencia, calidad y uniformidad de la pericia judicial. Pero esa ley se debería acompañar de una oficina central para la lucha contra los daños al medio ambiente y la Salud Pública, en este caso el papel multidisciplinario que necesitan las investigaciones, debería ser asumido por las universidades, el elemento técnico real de esa oficina.

PERO HAY ALGO MÁS EN LA JUSTICIA

Acoplarla a la legislación es fundamental. La legislación puede ser base de sustento, instrumento normativo del Estado, al logro de condiciones más justas para el acceso y disfrute de los bienes y servicios de salud. La propuesta es compleja. El carácter de la salud como público y su relación con el desarrollo humano y la supervivencia de las sociedades, otorga a la legislación de salud uno de sus rasgos más importantes: la necesidad de conferir prioridad al bienestar general sobre cualquier otro interés. A partir de ello, la justicia puede actuar con diferentes tratamientos de acuerdo a situación. La salud, un bien jurídico a proteger debe ser estudiado con profundidad e implementado con equidad.

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