Walter Juárez Estrada
Algunos sectores ven con cierto recelo cómo quedó integrada la Corte de Constitucionalidad, en un proceso viciado, donde sectores contaminados con la política y el narcotráfico, ejercieron presión en los 5 organismos que por ley, tienen la potestad de seleccionar, elegir y nombrar a los 10 magistrados, 5 titulares y 5 suplentes y la desconfianza surte, porque dos jueces tuvieron relevancia política, uno como candidato vicepresidencial y otro, por su militancia en una institución de derecho público.
La Constitución claramente norma las funciones de la Corte de Constitucionalidad, cuyos fines son conocer en última instancia las impugnaciones contra las leyes y disposiciones de carácter general y lo más importante: la “defensa del orden constitucional”. Se indica a la vez que los jueces deben ser de “reconocida honorabilidad”, lo que se cuestiona porque varios no cumplen a cabalidad con esa exigencia y se duda que sus resoluciones estén apegadas a derecho, tal como lo indica la Carta Magna.
Los tribunales ordinarios sustancian procesos de alto impacto contra exfuncionarios, políticos y sujetos que han cooptado los tres organismos del Estado y el temor es latente, pues se sospecha que al proferir las condenas y o absoluciones, puede dar lugar a una apelación y que esas sentencias suban al máximo tribunal constitucional y es aquí donde se debe monitorear de cerca el trabajo de los jueces, para no caer en ilegalidades y favorezcan a los corruptos que han hipotecado al país, y por esa razón los Estados Unidos, ha hecho serias advertencias que los nuevos magistrados desarrollen su función independiente y rechacen ofertas políticas y dinerarias.
El presidente Giammattei, tenga presente la observación del vicepresidente Guillermo Castillo, en un proceso poco transparente, nombró a su secretaria general Lesly Lemus y suplente a Juan José Samayoa Villatoro, funcionario de la Cancillería, marginando a profesionales de prestigio. Se ha exigido que se cumpla con lo que indica la Carta Magna y que sean efectivamente independientes, pues de no hacerlo podrían surgir conflictos y la desconfianza es latente, por los vínculos políticos de varios de los elegidos.
Los magistrado de la CC fueron cuestionados por algunos sectores al imputarles que se “autoampararon”, la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, con rango constitucional blinda a los jueces constitucionales como lo norma el último párrafo del artículo 167, por lo que cualquier acción que conlleve enjuiciarlos deviene de ser nula de pleno derecho, pero también es cierto que “no puede resolver aquellas acciones que detonan ilegalidad y que van en contra de lo que regula la misma ley matriz.
Lo importante es que la nueva Corte de Constitucionalidad se reivindique con el pueblo y que no se contamine de política. En su momento podrán conocer acciones del futuro proceso electoral y el punto controversial, puede ser la participación como candidata presidencial de Zury Ríos Sosa, que en el pasado se le ha vedado ese derecho que sus simpatizantes consideran que es inconstitucional.