Por: Lic. Luis Fernando Bermejo Quiñónez
@BermejoGt
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La semana pasada fue noticia el notorio desorden en la gestión del Plan de Vacunación contra el COVID-19 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) al alimentarse el rumor que se estaba iniciando la Fase 2 del citado plan. Eso causó que en los pocos centros de vacunación que existen para la aplicación de la vacuna (solo en la capital) se hayan formado filas gigantescas con adultos mayores que esperaron horas para ser vacunados. En lugar de desmentir el rumor, el MSPAS procedió a vacunar algunos adultos mayores y eso alimentó aún más la polémica y la expectativa y las consecuentes filas. El MSPAS debe fortalecer su logística y usar las herramientas que el Decreto 1-2021 “Ley para el Financiamiento y Adquisición de Vacunas contra el Coronavirus Covid-19” le provee para hacerlo eficientemente.
En los Estados Unidos ha sido exitosa la vacunación porque se ha involucrado a farmacias (CVS) e incluso a supermercados con farmacia (como Publix) para que por medio de ellas se pueda aplicar la vacuna gratuitamente. De hecho, a pesar de tener la compleja tarea de coordinación de gobierno federal y estatal, esto ha permitido que la vacunación se masifique. Otros casos de éxito se pueden encontrar en Israel y Chile donde se tienen gobiernos no federales con programación centralizada eficiente y con redes primarias de centros de salud robustas. Guatemala no tiene una red de centros de salud, hospitales y de atención robusta por décadas de descuido y corrupción del Ministerio. Sin embargo, tiene los medios para poder realizar una vacunación exitosa.
El Decreto 1-2021 autorizó el monto de Q1,500,000,000 de quetzales para poder financiar la adquisición de la vacuna. Incluso el artículo 4 de la ley autoriza el IGSS y al MSPAS a prescindir de los mecanismos de la Ley de Contrataciones del Estado para comprar las vacunas, y para adquirir el “equipo” y los “servicios” para su “conservación” y “movilización”. Por otro lado, el artículo 3 de la Ley del Organismo Ejecutivo permite que se pueda delegar en terceros la “gestión” administrativa de “servicios públicos” por medio de Acuerdo Gubernativo. Las anteriores disposiciones legales le otorgan importantes herramientas al MSPAS para desarrollar un plan de vacunación exitoso. Habiendo definido las prioridades y las fases del mismo lo que procede con urgencia es que realice una convocatoria para que las farmacias privadas puedan involucrarse en la gestión de la vacunación aumentar los centros de vacunación a nivel nacional. Eso lo pudiera hacer proveyendo, por medio de Acuerdo Gubernativo, facultades delegadas a las empresas privadas que califiquen para prestar el servicio, proveyéndoles sin costo “el equipo” para su “conservación”. Por otro lado, pudieran usarse estadios o incluso establecer centros de vacunación móviles o “auto servicios” como se ha exitosamente implementado en los EE. UU.
Las falencias presentadas la semana anterior dieron a una discusión sobre el posible rol del sector privado en la vacunación contra el COVID. Dejando de lado consideraciones de equidad, costo, pobreza de la población, limitado acceso y que la compra privada está limitada, hay muchas posibilidades en que el sector privado puede involucrarse en mejorar el plan de vacunación. Con el peligro de que las variantes B.1.1.7 (la inglesa) y B.1.1.248 (la brasileña) sigan “incendiando” países incluso con altos porcentajes de vacunación como Chile (actualmente en confinamiento) y varios países europeos, Brasil (el epicentro de la pandemia ahora mismo) e India, es imperativo que en Guatemala se vacune y se realice rápidamente ya que nuestro sistema de salud es, contrario a dichos países, muy vulnerable. No es de perder el tiempo. En este caso puede existir una confluencia de intereses públicos y privados que debe aprovecharse, no es momento de ponerse dogmáticos al respecto. El MSPAS debe actuar inmediatamente.