Ayer recibí un mensaje del prestigioso abogado Arturo Martínez Gálvez sobre el fallo de la Sala Tercera. Por lo valioso del aporte cedo mi espacio de hoy a ese apreciado jurista. Su nota dice así;

Me he quedado estupefacto con la resolución de la Sala Tercera de Apelaciones que remite un asunto penal a un Jugado de Trabajo para que este conozca de la denuncia presentada por el MP, a través de la FECI, dejando sin efecto todo lo actuado por el Juzgado Quinto de lo Penal en relación al negocio sucio del corrupto ex ministro de Salud Pública y Asistencia Social, Jorge Villavicencio, en contubernio con el abogado asesor, César Landelino Franco López, en la negociación del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo. La magistrada Beyla Adaly Xiomara Estrada Barrientos hace declaraciones que son un insulto a la inteligencia y de un cinismo descarado, diciendo que las resoluciones se dan debidamente motivadas para que las partes y quien pueda leerlas y analizarlas, puedan verificar que se dan con una fundamentación con base a derecho “y la verdad que se presentan dentro de las actuaciones que integran un expediente”. En verdad no dijo nada. Si realmente las resoluciones fueran motivadas se darían cuenta de la torpeza que cometen.

Tanto la FECI como el Juzgado Quinto de lo penal encontraron suficiente base delictiva para conformar un proceso penal sólido. Nada menos que haber recibido la bicoca de Q.14 millones sin contar con los elementos jurídicos financieros, pero sí con la colusión de los que intervinieron en la negociación del pacto colectivo.

Ahora se presenta otra ocasión para que la Fiscal General, Consuelo Porras, inicie una acción de amparo contra esa abominable resolución, y quien sabe si no un antejuicio y luego una acción penal contra los integrantes de la Sala Tercera de Apelaciones, que pudiera ser prevaricato u otras figuras delictivas bajo estudio.

La comisión de un delito o el delito por sí mismo tiene una vida autónoma, es decir, se da en cualquier rama del derecho, en este caso la laboral, si se llega a tipificar la conducta antijurídica punible, no es cuestión de que conozca primero un juzgado de lo laboral, que va a determinar si hubo o no delito, cuando no es esa su competencia, esto es totalmente absurdo. O, como bien dice usted, un juzgado de familia si el caso es tipificado de femicidio.

Hubo una época dura, en los tiempos de Meme Colom, en la que navegué en las procelosas aguas del derecho laboral y sé cómo se cocina la melcocha de los pactos colectivos, de quienes estaban al servicio del establishment.

La presencia de los que integran dicha Sala Tercera de Apelaciones, a juzgar por la foto que aparece en primera plana de La Hora, no sé, pero denotan por sí mismo una evidente mediocridad, cuando no una grotesca mala fe.

Atte.
Arturo Martínez Gálvez.

Oscar Clemente Marroquín

ocmarroq@lahora.gt

28 de diciembre de 1949. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Periodista y columnista de opinión con más de cincuenta años de ejercicio habiéndome iniciado en La Hora Dominical. Enemigo por herencia de toda forma de dictadura y ahora comprometido para luchar contra la dictadura de la corrupción que empobrece y lastima a los guatemaltecos más necesitados, con el deseo de heredar un país distinto a mis 15 nietos.

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