Jorge Morales Toj

Maya K’iche’, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Abogado y Notario, con estudios de Maestría y Doctorado en Derecho Constitucional. Pacifista y Defensor de los Derechos Humanos.

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Jorge Morales Toj
jorgemoralestoj@gmail.com

El derecho indígena que se aplica en el pueblo maya k’iche’, podemos definirlo como un conjunto de principios, normas, prácticas, enseñanzas, consejos y valores espirituales, morales y éticos, con función educativa, formativa, preventiva, orientadora y correctiva de la vida, aplicada y transmitida de generación en generación en las comunidades mayas k’iche’s.

Podemos decir que el derecho indígena contiene un conjunto de normas vinculadas lógicamente entre sí, que surgen de la necesidad de establecer un orden social y de regular la conducta humana en el marco de las relaciones sociales y relaciones comunitarias e intercomunitarias y que tiene sus propias instituciones.

Una de las características del derecho indígena es que no está codificado y no están escritas. Otra característica esencial, es que son aplicadas y nutridas por los pueblos indígenas de forma oral y en el idioma maya de cada pueblo.

Las fuentes principales del derecho indígena que se aplica en el pueblo k’iche’, las encontramos en la espiritualidad maya, moral y ética. En el pueblo maya existen varios principios y valores que se resumen de la siguiente forma: el Tojnik/Maltioxnik, es el sentido de agradecimiento. El Mejlem/Xukulem, es la comunicación permanente con las dimensiones espirituales. El Ku’ynik, es el perdón acompañado de transformación. El Nukb’al Na’oj, es consulta y consenso. Nimanik/ko’jnik, es la obediencia y servicio. El Chomanik, es el análisis minucioso. El Kirnik/Solnik, es la purificación permanente. El Chak Patan-Q’ij Alxik, es el servicio a los demás, misión de vida. El Utzilal/Ch’ojch’ojil, es rectitud, el bien como acción y modelo de vida. El Këmelil/loq’bal k’u’x es la humildad, sensibilidad humana, valoración hacia todo lo que nos rodea.

Las características del derecho indígena que se aplica en el pueblo k’iche’, es que es preventivo, porque se adelanta a los problemas, es transformador, porque al final genera un cambio positivo. Es integral, porque aborda el asunto o los asuntos de manera conjunta. Es oral porque se desarrolla a en base a la tradición del habla de generación en generación, respetando el idioma maya de cada pueblo. Y es público, porque se desarrolla frente a la comunidad para exponer con absoluta trasparencia, frente a gente y con su autoridad comunitaria.

Otra de las características es que es legítimo, porque está aprobado, validado y respetado por toda la comunidad. Es dinámico, porque en base a las lecciones aprendidas se actualiza y se busca su evolución en favor de la comunidad. Es unificador, porque al final logra o pretende lograr que la cohesión comunitaria se mantenga y sobre todo que ayude a la rehabilitación y readaptación de la o las personas a quienes se les aplica el derecho indígena. Es reparador, porque al final restituye el bien o los bienes dañados. Y cuando se trata de un agravio a una persona, desarrolla procesos para asegurar que los agravios no se repitan y se toman medidas para salvaguardar a las personas.

Nuestros sistema jurídico maya k’iche’ ha tenido una evolución en los últimos años. El Pixab’, es el consejo a través de la oralidad y la experiencia que brindan los principales o los ancianos; la aplicación de Xu’culem significa que las personas deben hincarse de rodillas y deben desplazarse con sus rodillas descubiertas en modo circular; y la aplicación del Xica’y es la corrección física hacia las personas.

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