Juan Antonio Mazariegos G.
De conformidad con lo que establece el artículo 208 de la Constitución de la República, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y los de Salas de Apelaciones durarán en sus funciones un período de 5 años, pudiendo ser reelectos. El plazo de su función, para las actuales Cortes concluye el próximo 13 de octubre y tal y como ocurrió en el 2014 cuando también la Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió el proceso de las Comisiones de Postulación, en la situación actual, los Magistrados que ostentan hoy los cargos deberán de continuar en el ejercicio de los mismos en tanto no hayan sido electos y juramentados sus sucesores.
Dentro de lo resuelto por la CC en los Amparos que se presentaron en contra de la instalación de las Comisiones de Postulación se señalaron dos violaciones a la Constitución. En primera instancia la elección de los representantes de los Magistrados de Salas de Apelaciones, cuya elección a juicio de la CC fue indebida luego de que se votara por una sola planilla, sin que se respetara el principio de representación de minorías y en segunda instancia porque de conformidad con la Ley de la Carrera Judicial no se procedió a evaluar el desempeño de los Jueces y Magistrados como lo manda dicha ley.
Para solventar el primero de los errores señalados por la CC, de conformidad con noticias de prensa, el próximo viernes los Magistrados de Salas de Apelaciones nuevamente elegirán a sus representantes con lo que quedaría solventado el asunto. Sin embargo, en lo que respecta a la evaluación del desempeño de Jueces y Magistrados la situación es distinta, toda vez que lo que sucede es que el Consejo de la Carrera Judicial ha presentado hasta el momento al pleno de la Corte Suprema de Justicia hasta 3 proyectos de Reglamento para regular lo que establece la Ley de la Carrera Judicial pero estos 3 proyectos han sido rechazados, lo cual impide que exista un procedimiento para evaluar a los Jueces y Magistrados que deseen optar a un nuevo cargo como Magistrados de Corte Suprema de Justicia o de Sala de Apelaciones.
De conformidad con distintos analistas y autoridades que han sido entrevistados por medios de prensa, al momento que el pleno de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia apruebe y publique el Reglamento, deberá iniciarse el procedimiento de evaluación, el cual podría durar meses, para que luego finalmente las Comisiones de Postulación reciban los resultados correspondientes y se pueda continuar con el proceso de selección de la lista de candidatos que se enviará al Congreso de la República. Como el lector podrá comprender fácilmente se anticipa un período largo en el que se extenderá el plazo de funciones de las actuales Cortes y sin perjuicio de los antecedentes del 2014, la Corte Suprema de Justicia debería de consultar a la CC sobre la legitimación de esa extensión en el cargo y la CC debería validarla claramente, con el propósito de evitar que se inicie con una catarata de impugnaciones a fallos de Salas y Corte que lesione aún más nuestro débil Sistema de Justicia.