Oscar Clemente Marroquín

ocmarroq@lahora.gt

28 de diciembre de 1949. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Periodista y columnista de opinión con más de cincuenta años de ejercicio habiéndome iniciado en La Hora Dominical. Enemigo por herencia de toda forma de dictadura y ahora comprometido para luchar contra la dictadura de la corrupción que empobrece y lastima a los guatemaltecos más necesitados, con el deseo de heredar un país distinto a mis 15 nietos.

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Cuando el abogado Alfonso Carrillo presentó un Amparo en contra de la decisión del Presidente de expulsar del país al comisionado Iván Velásquez, citó como fundamento el artículo 18 inciso b) de la Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios y Empleados Públicos, que prohíbe expresamente “utilizar el poder que le confiere el ejercicio del cargo o empleo en las entidades del Estado, autónomas o descentralizadas, para tomar, participar o influir en la toma de decisiones en beneficio personal o de terceros”, lo que constituye exactamente el conflicto de interés.

Y precisamente ese es uno de los temas de fondo de nuestra realidad nacional, puesto que sobre aquella expulsión y del fin del mandato de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, todo gira alrededor de decisiones tomadas en beneficio personal, lo cual está expresamente prohibido por la ley.

Todo arrancó cuando en el juzgado que tramitaba el proceso Botín del Registro de la Propiedad uno de los sindicados mencionó desde el estrado a los particulares Samuel Morales y José Manuel Morales como quienes habían proporcionado las facturas para justificar compras. Fue la jueza a cargo del caso quien requirió al Ministerio Público y a la CICIG que investigara a esas dos personas cuya relación con el Presidente no había salido a luz. Iniciada la investigación así ordenada, se estableció el parentesco y por supuesto que MP y CICIG no podían engavetarla sin incurrir en responsabilidades penales graves por desobedecer la orden de la juzgadora.

Hasta ese día prevalecía el criterio presidencial, publicado en el diario oficial, de “hacer manifiesta mi buena voluntad para solicitar la prórroga del mandato de la CICIG de 2019 a 2021, petición que ratificaré de forma expresa cuando llegue el momento legalmente oportuno”, según la carta oficial enviada al Secretario General de la ONU el 15 de abril de 2016 por el presidente Morales. Todo cambió pero se radicalizó aún más cuando la CICIG y el MP adelantaron la investigación sobre Financiamiento Electoral Ilícito que implicaba a Morales y varios empresarios de la mera macolla. Se iniciaron las acciones que, en ejercicio de su poder, el Presidente emprendió para expulsar a Velásquez y dar por terminado el mandato de la CICIG, al tiempo de que se produjo el proceso de nombramiento de nuevo Fiscal General con la ya conocida designación de la señora Consuelo Porras que puso fin a la línea que traía el Ministerio Público.

Cito todo lo anterior para hacer la relación precisa de cómo ha funcionado el conflicto de interés en todo el proceso que culminará el mes próximo con el fin del mandato de la CICIG que ya está dando frutos porque al ser apartada de los casos cuyos expertos investigaron, uno a uno se irán cayendo de acuerdo a lo previsto por quienes participaron en el diseño de esa estrategia que pretende facilitar la absolución de aquellos que fueron sindicados o evitar el juicio de otros sujetos de las investigaciones.

Por supuesto que además del conflicto de interés, manifiesto y obvio, está el tema de la obstrucción de la justicia pero con el sistema cooptado, un MP vigilante y sin jueces que certifiquen lo conducente, el caso queda en un inmenso limbo.

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