Douglas Abadía

douglas.abadia@gmail.com

Politólogo, asesor y consultor político, miembro de Analistas Independientes de Guatemala, Docente Universitario.

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Lic. Douglas Abadía C.
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Los partidos políticos guatemaltecos en realidad son empresas electoreras coyunturales y oportunistas, se caracterizan entre muchos atributos deplorables por ser una estructura funcional únicamente para los miembros del Comité Ejecutivo Nacional y sus redes de poder vinculadas al caudillo o cacique que “dirige” dicha institución.

La ética se relaciona con la moral y la acción humana, estudia lo correcto o equivocado del comportamiento humano; la ética brilla por su ausencia en los partidos políticos chapines y no digamos en el ejercicio de la función pública nacional.

Haciendo un mapeo en un 80% de los partidos políticos actuales en Guatemala, puedo afirmar que ninguno de los partidos políticos investigados poseen un Código de ética dentro de su organización partidaria, es decir, solo se cumple en el mejor de los casos con un Tribunal de Honor y Disciplina (por cierto, integrado en la mayoría de partidos por personajes de dudosa honorabilidad y trayectoria).

El antecedente en el mundo acerca de un Código de ética, surge en el año 1997 con la Convención contra la Corrupción de Naciones Unidas, donde se incluyeron aspectos como: conflictos de intereses e inhabilitación, declaración de bienes, aceptación de regalos u otros favores, información confidencial y actividades políticas.

Las disposiciones de un Código de ética partidaria son de observancia general y nacional para todos los miembros, militantes, cuadros, dirigentes y simpatizantes del partido político.

Un Código de ética a lo interno del partido político debe incluir al menos una estructura básica que contemple aspectos como: principios generales, la responsabilidad de militantes, cuadros y dirigentes del partido, sanciones disciplinarias y disposiciones finales.

El Código de ética es un documento con un lenguaje claro y preciso, que establece cuál es el comportamiento, en cuanto a valores y principios éticos, qué se espera de los integrantes del partido político.

Cabe mencionar que la implementación de dicho Código de ética en los partidos políticos constituye un mecanismo de control y fiscalización interno en cuanto a las responsabilidades de los militantes, cuadros, dirigentes y todos aquellos militantes que ejerzan algún cargo público; por su misma naturaleza también constituye un anticuerpo a lo interno del partido pues crea reglas éticas para la buena función pública dentro de una realidad donde lo que menos importa es el bienestar común, pues se busca garantizar el funcionamiento tradicional del sistema político, donde se obtienen privilegios y excesos de poder y sobre todo el caudillo puede hacer su voluntad a sus anchas, sin contrapesos a lo interno del partido.

Fenómenos como el nepotismo, los conflictos de interés (contratista del Estado y candidato a un puesto de elección popular por ejemplo), que el militante se conduzca con dignidad, honestidad, probidad y transparencia, etc. son acciones que ocurren a diario en toda la sociedad, en especial en los partidos políticos. Además, contribuiría a fortalecer la denuncia contra la corrupción dentro del partido, pues los militantes y miembros denunciarían actos de corrupción de parte de algún o algunos miembros del partido político.

El Código de ética partidario no constituye una prioridad para el Secretario General del partido ni para los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, por el contrario, debe de prevalecer el statu quo; cabe resaltar que es una excelente herramienta en la modernización del quehacer partidario lamentablemente sin incidencia hasta el momento en Guatemala.

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