Gladys Monterroso
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“No puede ser que tengamos que estar eligiendo siempre entre lo malo y lo menos malo.” Belén Gopegui.
Con las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, se instituye por primera vez la legalidad del voto nulo, sin embargo, de acuerdo a la forma de legislar, la incidencia del mismo en el resultado de las elecciones, no representa ningún beneficio para los guatemaltecos, en caso de que los votos nulos sumaran más del 50% del total de los votos válidamente emitidos, situación que admite varias interpretaciones, y que hasta el momento, el TSE no ha entrado a valorar públicamente.
Doctrinariamente, los votos legalmente emitidos son los votos que son favorables a un candidato, o planilla, en algunos países se diferencia entre el voto válido y el voto emitido, y se le da una valoración al voto en blanco como un voto válido, lo que es lo mismo el que indica a un determinado candidato, o que no es a favor de ningún candidato, diferentes es aquel voto anulado porque se salgan de los bordes, se raye o dibuje o se escriba sobre la papeleta, este es considerado un voto emitido pero no válido, es una manifestación de protesta, por no estar de acuerdo con ninguna de las opciones electorales.
En la actualidad, las reformas establecen textualmente el peso en una elección del voto nulo, no anulado como lo es el que no se dejó en blanco, y que a propósito se anula, existe una diferencia que no es semántica entre el voto nulo, que es el voto en blanco, y el voto anulado que es el que se anula por decisión del votante.
Otra deficiencia incomprensible de las reformas a la LEPP, es que derivado de que sumen más los votos nulos que los válidamente emitidos, se repetirán las elecciones, pero con los mismos candidatos, esta modificación carece de sentido porque no le da validez alguna al voto nulo, derivado de que los candidatos siguen siendo los mismos, no se pueden esperar diferentes resultados haciendo algo similar, ¿Cuál es la consecuencia? Que se gastará dinero público dos veces para tener las mismas opciones, cuando el propósito del voto nulo debería ser el repudio hacia todas las alternativas, porque si alguna fuera la esperada por la sociedad, no se llegaría agotar la vía del voto nulo.
Derivado de lo anterior, a diferencia de mi posición en elecciones anteriores en las que me pronuncie a favor del voto nulo, en esta oportunidad no le veo legitimidad alguna, diferente caso sería, si como resultado de que sume más el voto nulo que el válidamente emitido como lo define la norma, se repitieran las elecciones con otros candidatos, esta sí sería una forma de depurar la clase política, decirles a todos que no nos parece su falta de compromiso para con el país, y que exigimos nuevas propuestas.
En alguna democracias se le conoce como voto en blanco o de protesta, porque mediante el mismo la ciudadanía protesta y le da utilidad y validez a su voto, en España por ejemplo, existe una propuesta que consiste en modificar la ley, de tal forma que la suma total de los votos en blanco, literalmente en blanco significan escaños vacíos en el Congreso de los Diputados, una propuesta en ese sentido sería viable en Guatemala, para reducir el número de diputados democráticamente como lo ha solicitado la ciudadanía en infinidad de oportunidades, pero no es así, lo que no significa que no propugnemos porque se convierta en realidad en nuestro país.
Necesitamos evolucionar hacia una verdadera democracia, utilizando como herramientas el voto nulo o en blanco, para que se repitan las elecciones con nuevos candidatos, y para que en el legislativo, los mismos votos nulos o en blanco, tengan como objetivo reducir el número de diputados, que no llenen los requisitos de la sociedad.