Cartas del Lector

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Jesús Alvizures
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El desplome de andamiaje político estructural apunta hacia el suelo; y toda vía hay pataleo en contra de la exfiscal Thelma Aldana; cual es el temor que mantienen y no esconden; las componendas movidas por hilos ocultos están a la vista y el diputado Fernando Beltranena quiere empeorar la situación en que se ha visto el juez Víctor Cruz después de haber emitido la orden de captura a Aldana a todas luces ilegal; porque no fue citada ni oída y su caso estaba en reserva. Ahora Beltranena ha pedido al mismo tribunal que emita una orden de captura internacional, tiene la tormenta en sima y se quiere refugiar en ilegalidades. La ley Jurídica no la dictan los diputados.

Ahora la Honorable Corte de Constitucionalidad dará a conocer la última palabra en este enredo político que el 16 de septiembre se verá qué candidato será el más votado; se vota por la persona y no por los partidos. Tómese nota de lo que ha promovido Sandra Torres de la UNE, denunciando al Fiscal de la FECI, a Sandoval del MP; y personal del medio de comunicación escrito elPeriódico. Por Femicidio.

«Para Jueces de Femicidio»

Es necesario que la ley constitucional se conozca para que no anden otorgando amparos como el que se dio a la señora Sandra Torres; quien ha atropellado a personas de la ley y personal de medios de comunicación. Las críticas no representan delito de Femicidio y la libertad de expresión no se puede acallar; más veamos lo que la Constitución de la República de Guatemala dice:

Prensa Regional.

Artículo 35.- Libertad de emisión del pensamiento. Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna. Quien en uso de esta libertad faltare al respeto a la vida privada o a la moral, será responsable conforme a la ley.

Quienes se creyeren ofendidos tienen derechos a la publicación de sus defensas, aclaraciones y rectificaciones. No constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos.

El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Roberto Rock, consideró que Torres “utiliza la ley para censurar las críticas que no tolera y de paso se ignora lo que establecen la Constitución y la Ley de Emisión del Pensamiento”.

Como política doña Sandra Torres no puede recibir protección del Juzgado de Femicidio por críticas que seguramente hizo el Diario elPeriódico y tampoco por investigaciones que hace la ley y el MP sobre su pasado político rodeado de sombras. Ella lo sabe y se hace la ignorante. Entiéndase que el Tribunal de Femicidio no puede detener investigaciones del MP –ni amordazar a la Prensa Nacional.

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