El Amparo es una institución jurídica para garantizar el pleno goce de los derechos e impedir que la autoridad cometa arbitrariedades irreparables, razón por la cual existe el que se dicta provisionalmente buscando la mayor inmediatez para cumplir con tales objetivos. En ese sentido, si un tribunal lo decreta y la autoridad recurrida no acata y obedece el fallo, se está consumando el acto arbitrario y esa situación debe ser corregida INMEDIATAMENTE por la autoridad encargada de perseguir los delitos porque la desobediencia está tipificada como tal de manera clara.
Viene esto a cuento porque si el Ministerio Público se pasa mes y medio investigando si se ha obedecido o no una resolución, está a su vez incumpliendo sus deberes. Ante la inmediatez que se requiere para la ejecución de un Amparo dictado Provisionalmente, no se puede quedar el ente investigador vigilando sin mover un dedo ni encausar a los responsables de la desobediencia. No creemos que haga falta mucho cacumen para entender este principio de enorme importancia y por lo tanto la inacción no puede entenderse como incapacidad sino únicamente como mala fe para apañar los actos ilícitos cuyo cese ya fue dictado por el órgano competente que resolvió el Amparo.
Si a ello agregamos que el mismo Ministerio Público dispuso plantear que el Amparo en referencia ya quedó sin materia y que por lo tanto no se debe dictar en forma definitiva, veremos que algo huele a podrido. Y eso sin enfatizar las condiciones en que el presidente Morales escogió a la Fiscal General, justamente en medio de la tormenta planteada por los casos en su contra por los delitos de Financiamiento Electoral Ilícito, entorno que hace suponer que no fue un nombramiento basado únicamente en el análisis de las capacidades académicas sino en la disposición de cualquiera de los propuestos para cumplir con un papel decisivo a favor del gobernante, responsable a su vez del acuerdo gubernativo cesado por el amparo provisional otorgado por la Corte de Constitucionalidad.
Si no existe inmediatez en la ejecución del Amparo simplemente no hay Amparo. Así de sencilla es la cosa porque si se desobedece la resolución persiste el acto recurrido y permite que autoridades puedan continuar con la arbitraria actitud, como se confirma con las acciones de Relaciones Exteriores para presionar a los cooperantes de CICIG.
El Ministerio Público está en un brete y las explicaciones de la Fiscal de nada valen porque no se ha obedecido lo resuelto en el Amparo y llevan más de mes y medio investigando o simplemente vigilando.