Juan Antonio Mazariegos

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Abogado y Notario por la Universidad Rafael Landívar, posee una Maestría en Administración de Empresas (MBA) por la Pontificia Universidad Católica de Chile y un Postgrado en Derecho Penal por la Universidad del Istmo. Ha sido profesor universitario de la Facultad de Derecho de la Universidad Rafael Landívar en donde ha impartido los cursos de Derecho Procesal Civil y Laboratorio de Derecho Procesal Civil. Ha sido y es fundador, accionista, directo y/o representante de diversas empresas mercantiles, así como Mandatario de diversas compañías nacionales y extranjeras. Es Fundador de la firma de Abogados Alegalis, con oficinas en Guatemala y Hong Kong, columnista del Diario La Hora y Maratonista.

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Juan Antonio Mazariegos G.

Un nuevo caso de financiamiento electoral ilícito, esta vez promovido en contra de miembros del partido Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) que involucra a su actual candidata presidencial Sandra Torres, a su exvicepresidenciable en las elecciones del 2015 y a otra serie de personajes relacionados con dicho partido político, que de conformidad con la información vertida en distintos medios de prensa, tuvieron relación con el denominado Caso Traficantes de Influencia, saca a luz nuevamente, la “forma” en que hasta la fecha se ha manejado no solo la política en Guatemala, sino también una especie de inobservancia habitual de preceptos legales que supuestamente todos conocen, pero que nadie o muy pocos cumplen.

Al día de hoy, sin duda la mayoría de partidos políticos que participaron en la contienda electoral del año 2015 se encuentran enfrentando, o han enfrentado, procesos por el denominado delito de Financiamiento Electoral Ilícito, el cual agrupaba, hasta el año pasado, una serie de conductas ilegales que tenían como consecuencia la aplicación de una misma pena. El delito en cuestión, por recomendación de la Corte de Constitucionalidad y con base en la violación del principio de proporcionalidad de las penas fue reformado por el Congreso de la República quedando finalmente ahora dividido en más letras, las cuales al final no hacen más que diferenciar y penar distintas conductas que tipifican dos distintos hechos antijurídicos, como lo son el financiamiento electoral no registrado que es aquel que se produce cuando un partido político no registra en sus libros o recibe de forma anónima financiamiento; y, el aporte ilícito que es aquel que reciben los partidos políticos y que provienen del crimen organizado, lavado de dinero o cualquiera otra actividad calificada como delito por el Código Penal.

La recurrencia en esta práctica ilícita retrata claramente lo que la ley significa para los miembros de los partidos procesados, les es totalmente irrelevante, es más, la sola posibilidad de que el financiamiento, como en el caso de la UNE, provenga de actos ilícitos cometidos en base a tráfico de influencias que incluía cohecho y otra serie de ilícitos revela también que tan por encima de la ley se sentían estas personas cuando trasladaban el botín obtenido con prácticas ilícitas directamente a la campaña mediante la cual pretendían mantenerse en el poder.

El peor mensaje que dejan estos actos es que ya no importa qué diga la ley, qué tan precisa sea o qué tan penadas estén las conductas antijurídicas, si el Estado no es capaz de castigar estas conductas entonces el Estado es débil y es absorbido por el mismo crimen que lo violenta. Las oportunidades de los legisladores, de los procesos y de los jueces parecen estarse cerrando, la única opción posible a la vista es el proceso electoral, llegamos al mismo amarrados por estos mismos políticos que lo diseñaron a la medida, solo queda esperar que el pueblo en conjunto, al llegar a las urnas los desterre del poder y que quien llegue al mismo tenga un poco más de deseos por cumplir la ley.

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