Mario Coyoy

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Nací el 29 de julio de 1981 en la ciudad de Guatemala, 37 años, aficionado al futbol y al golf. Actualmente soy Socio de Consultoría Fiscal y Precios de Transferencia en Deloitte Guatemala, S.A. Soy representante de Guatemala en la Comisión de Tributación y Fiscalidad de la Asociación Interamericana de Contabilidad -AIC-. Tengo experiencia en tributación por más de 16 años, atendiendo clientes locales y multinacionales, incluyendo estrategias de Precios de Transferencia y Planeación fiscal. Actual miembro y coordinador de la Comisión Fiscal del Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos –IGCPA- para los años 2018-2019.

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Mario Coyoy

Una Holding Company de Propiedad Intelectual (HCPI) generalmente es creada en jurisdicciones extranjeras cuyos países son conocidos como paraísos fiscales, ya que pueden guardar sus activos pagando bajas tasas de impuestos. Estas entidades, en algunos casos, también son utilizadas como estrategias tributarias, sin embargo, su función principal es ser diseñadas para poseer y controlar la propiedad industrial de una entidad, es decir, patentes, modelos de utilidad, signos distintivos, todo tipo de marcas comerciales, secretos comerciales y otras formas de propiedad industrial.

Una holding de propiedad industrial le brinda al propietario la tranquilidad y la estabilidad necesarias para formar, administrar, vender y otorgar licencias de su propiedad a terceros por el derecho a utilizar y explotar la propiedad industrial en cualquier momento o acuerdo que surja. Son utilizadas para mejorar el control de calidad pues en ésta se encuentran concentradas las marcas y demás derechos de propiedad industrial, aisladas de los pasivos de la entidad matriz, por lo que en caso la entidad relacionada esté sujeta a alguna demanda, no corren riesgos de ser sujetos de embargos u otros gravámenes, pues estos derechos estarán protegidos por encontrarse en una Holding Company. El no tener una Holding Company de Propiedad Industrial, representa que estos derechos de propiedad se encuentren distribuidos en distintas empresas, así como los secretos empresariales y exista la vulnerabilidad de ser divulgados o bien susceptibles de embargos o gravámenes, pues no tienen la garantía de que esto no suceda.

Al momento de analizar la implementación de la Holding Company de Propiedad Industrial es importante evaluar las implicaciones fiscales y de precios de transferencia. Es decir, el valor al cual se trasladarán los intangibles a la nueva sociedad, bajo el entendido que serán partes relacionadas, y los impuestos aplicables de este traspaso tanto en Guatemala como en los demás países donde opere el Grupo Multinacional o Regional. Este tipo de estructuras, requiere mantener y revisar periódicamente el marco legal contractual que soporta los derechos de propiedad industrial. La vigencia de estos derechos, su protección ante terceros, la estructura utilizada, el pago de regalías y la deducción de impuestos, deben estar en línea con la realidad jurídica y económica que aplique, para que pueda beneficiar a la entidad local, ya que a falta de estos controles pueda verse vulnerable y afectada.

No cabe duda que es un tema interesante a discutir con los asesores legales, principalmente en aquellos grupos que tengan propiedad intelectual y deseen tener un orden adecuado y el riesgo administrado en forma conservadora. Agradezco la participación y aporte del licenciado Estuardo Paganini y licenciada Ruth Toledo en este tema, Socio y Gerente de servicios legales en Deloitte Guatemala respectivamente. Que Dios los bendiga.

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