Luis Fernandez Molina

luisfer@ufm.edu

Estudios Arquitectura, Universidad de San Carlos. 1971 a 1973. Egresado Universidad Francisco Marroquín, como Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales (1979). Estudios de Maestría de Derecho Constitucional, Universidad Francisco Marroquín. Bufete Profesional Particular 1980 a la fecha. Magistrado Corte Suprema de Justicia 2004 a 2009, presidente de la Cámara de Amparos. Autor de Manual del Pequeño Contribuyente (1994), y Guía Legal del Empresario (2012) y, entre otros. Columnista del Diario La Hora, de 2001 a la fecha.

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Luis Fernández Molina

Comentaba en la entrega anterior que los indicadores de Doing Business que “nos jalan al fondo” son los relacionados con garantías jurídicas para los inversionistas. Básicamente tres. En primer lugar el atropellado proceso para hacer valer los contratos, resolver conflictos, en otras palabras, la lentitud e incertidumbre de los tribunales; en segundo lugar -relacionado con el anterior- la precaria normativa respecto a los procesos de quiebra y en tercero, la indefensión en que se encuentran los accionistas minoritarios de las sociedades.

En cuanto a lo primero, es proverbial y generalizada la indolencia con que se tramitan los juicios. Hablar de cuatro o cinco años para un proceso cualquiera es, acaso, una apreciación optimista. Son tardos los procesos de todo tipo: los reclamos laborales, los juicios penales, los procesos civiles, los asuntos de familia y los que se llevan la palma son los contenciosos administrativos. En esta situación de letargo confluyen dos aspectos, por un lado, una legislación poco articulada que, además, dan cabida para que se interpongan innumerables recursos baladís; por otra parte una cultura laboral-judicial con trabajadores poco motivados, con poca estabilidad y arraigo. Valga de ejemplo las vacaciones; ahora en noviembre sale la primera tanda, la segunda en diciembre y los que quedan en enero. Sin embargo, este sistema no ha funcionado porque desde que sale el grupo A, todos los tribunales que quedan entran en modo “vacaciones”; el grupo B atrasa sus propios expedientes porque están “sobrecargados” con los del grupo A, aunque realmente no avancen con los trámites del grupo que cubren. Al tomar vacaciones el módulo B los expedientes se trasladan al módulo A e igual sucede. Resultado: más de dos meses de hibernación. Las vacaciones deberían gozarse, como indica el Código de Trabajo, al cumplir un año de trabajo. A ello se agrega la poca motivación de hacer carrera dentro del Organismo Judicial, la falta de motivación y de premios por el mejor rendimiento (meritocracia).

Y aunque los trabajadores fueran muy bien dispuestos y preparados, los casos seguirían estancados, pero por culpa de los procedimientos, de los códigos poco operativos. Algunos guardan semblanza con tramitaciones del siglo XIX, documentadas en voluminosos expedientes y gestiones en papel. Las audiencias orales vienen desde 1947 con el Código de Trabajo, en 1994 se implementó dicha oralidad a la gestión penal. En ambos los resultados no han sido los esperados. Se pretende implementar un nuevo Código Procesal Civil basado en gestiones orales. Todo ello se apoya en las nuevas tecnologías, en la grabación digital entre otras innovaciones imperativas. La permisividad de acciones extraordinarias como amparos, o gestiones como recusaciones o nulidades son también otros óbices para una justicia puntual.

Las sociedades anónimas ofrecen un buen formato operativo, cierto, pero su función era la gestión de financiamiento y ser un mecanismo de inversión. Esas características quedaron prácticamente en desuso. No tenemos cultura bursátil. Nominalmente existe una bolsa de valores pero no tiene, ni de lejos, la dinámica y pujanza de la bolsa de países desarrollados.

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