Luis Enrique Pérez

lepereze@gmail.com

Nació el 3 de junio de 1946. Ha sido profesor universitario de filosofía, y columnista de varios periódicos de Guatemala, en los cuales ha publicado por lo menos 3,500 artículos sobre economía, política, derecho, historia, ciencia y filosofía. En 1995 impartió la lección inaugural de la Universidad Francisco Marroquín.

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Luis Enrique Pérez

La Constitución Política de Estados Unidos de América declara: “Todos los poderes legislativos otorgados en la presente Constitución serán ejercidos por un Congreso… que se compondrá de un Senado y una Cámara de Representantes.” La finalidad presunta es evitar el despotismo legislativo.

Los miembros de la Cámara de Representantes son elegidos cada dos años. Tienen que satisfacer estos requisitos: haber cumplido veinticinco años de edad, haber sido ciudadanos de Estados Unidos de América por lo menos durante siete años, y ser habitantes del Estado del cual pretenden ser representantes. En general, el número de representantes “no excederá de uno por cada treinta mil habitantes de manera tal que cada Estado cuente con un representante cuando menos.”

El Senado está compuesto de dos senadores por cada Estado, elegidos para fungir durante seis años. Una tercera parte del número total de senadores es electa cada dos años. Los senadores tienen que satisfacer estos requisitos: haber cumplido treinta años de edad, haber sido ciudadanos de Estados Unidos de América por lo menos durante nueve años, y ser habitantes del Estado del cual pretenden ser senadores. El vicepresidente de la nación es presidente del Senado, pero no puede votar, excepto si hay empate. El Senado elige un presidente “pro tempore”, que sustituye al vicepresidente en caso de ausencia o de ejercicio de la presidencia de la nación.

El Congreso, es decir, la Cámara de Representantes y el Senado, tienen, facultades que conciernen, por ejemplo, a impuestos, deuda pública, comercio, moneda, tribunales de justicia inferiores al Tribunal Supremo (en el cual se delega el poder judicial de la nación); guerra y fuerzas militares. Para ejercer sus facultades el Congreso puede decretar “todas las leyes que sean necesarias”.

Un proyecto de ley puede originarse en la Cámara de Representantes o en el Senado; pero todo proyecto de ley cuyo propósito sea obtener ingresos debe originarse en la Cámara de Representantes. El proyecto de ley que haya sido aprobado es sometido a la consideración del Presidente de la nación, quien tiene varias opciones; por ejemplo, aceptarlo o vetarlo. Si lo acepta, se convierte en ley de la federación de Estados. Si lo veta, el Congreso puede ratificarlo, y convertirlo en ley.

Una cuestión esencial es que un proyecto de ley que pretende convertirse en ley de la nación tiene que ser aprobado por la Cámara de Representantes y por el Senado, es decir, por ambos órganos legislativos. Entonces, por ejemplo, si la mayoría de los miembros de la Cámara de Representantes pertenece al Partido Demócrata, puede dificultarse y hasta imposibilitarse que ella apruebe un proyecto de ley propuesto por representantes o por senadores del Partido Republicano. O si la mayoría de miembros del Senado pertenece al Partido Republicano, puede dificultarse y hasta imposibilitarse que él apruebe un proyecto de ley propuesto por senadores o por representantes que pertenecen al Partido Demócrata.

Post scriptum. La reciente elección de legisladores otorgó al Partido Demócrata la mayoría de miembros de la Cámara de Representantes; y aunque el Partido Republicano conservó la mayoría de miembros del Senado, ahora hay una mayor incertidumbre sobre el ulterior acontecer del gobierno del presidente Donald Trump.

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