Luis Fernandez Molina

luisfer@ufm.edu

Estudios Arquitectura, Universidad de San Carlos. 1971 a 1973. Egresado Universidad Francisco Marroquín, como Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales (1979). Estudios de Maestría de Derecho Constitucional, Universidad Francisco Marroquín. Bufete Profesional Particular 1980 a la fecha. Magistrado Corte Suprema de Justicia 2004 a 2009, presidente de la Cámara de Amparos. Autor de Manual del Pequeño Contribuyente (1994), y Guía Legal del Empresario (2012) y, entre otros. Columnista del Diario La Hora, de 2001 a la fecha.

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Luis Fernández Molina

Comentaba en la entrega anterior que dos lecciones pueden extraerse del relato bíblico del profeta Jonás. En primer lugar, destacar ese impulso humano, casi instintivo, de buscar siempre a un culpable, alguien a quien “echarle el muerto.” Los marineros del relato, en un procedimiento de justicia muy peculiar como es un juego de azar (los dados posiblemente) establecieron que el “culpable” de la tormenta era Jonás. Curiosamente funcionó ese sistema justiciero y Jonás confirmó la acertada sentencia. Aceptó sin más su culpabilidad derivada por la rebeldía al mandato divino y sugirió, noblemente, que la única forma de detener la tempestad era que lo lanzaran al mar. La segunda lección es que cuando las personas –o las sociedades– se hartan de la maldad, la corrupción, el libertinaje, quieren correctivos; exigen justicia pero desde una perspectiva particular: Justicia como venganza. Un reflejo de la ley del Talión: ojo por ojo, diente por diente, vida por vida. Si los malhechores han hecho perjuicio, que paguen con la misma moneda: daño, dolor, penas. De alguna manera la sed de justicia solo se satisface con castigos. Algo parecido a muchas civilizaciones antiguas que dieron por sabido que la ira de los dioses solo se aplacaba con sangre humana, de ahí los sacrificios humanos.

En Jonás podemos ver la radiografía completa de la sociedad guatemalteca: harta de tanta corrupción quiere punición – castigo. A tal punto esa ansiedad que, en casos de desesperación, no logran distinguir las turbas dónde están los límites de lo legal y cobran “justicia” por mano propia; las crónicas de los lamentables linchamientos. A ello se suman los ajustes de cuentas que tanto abundan en nuestros países. En estos casos se ignora, hasta se desprecia el ordenamiento penal.

Precisamente, la función que se ha encargado al derecho penal, es prevenir que los ciudadanos tomen en sus manos la justicia, siendo que todos debemos depositar en el Estado las facultades de punición. De esa forma, el derecho penal se convierte en el mecanismo que toda sociedad tiene para juzgar e imponer condenas a los culpables. En el centro de ese sistema están los Códigos Penal y Procesal Penal. Ahora bien, ¿cuál es el objetivo principal? para unos es la “reeducación del delincuente”, para otros la compensación del daño que han causado los delincuentes a la sociedad, la justa imposición de un castigo. Sin embargo, la ratio leguis del ordenamiento penal es defender a la comunidad y a sus individuos. Al fijar sanciones lo que hace es disuadir a potenciales maleantes de cometer acciones ilícitas. En otras palabras, el castigo debe tener efecto disuasivo. ¡Ni se les ocurra delinquir! Porque les caerá la viga.

Vienen a cuento varias premisas. En primer lugar el castigo a imponer debe ser efectivo, certero. Que imponga miedo en los potenciales delincuentes y no crean que “se van a salir con la suya”. ¿Cuántos delitos se cometen a diario? ¿De esos, en cuantos se presenta denuncia o querella? De las denuncias que se presentan ¿Cuántos en cuántos casos se abren expediente en el MP? De los expedientes que se tramitan ¿Cuántos terminan en sentencia judicial? A diario se cometen muchos delitos: asaltos en la calle, robos de celulares, amenazas, estafas, violencia intrafamiliar, acoso y delitos sexuales, apropiaciones indebidas, corrupción, por no mencionar las más graves como extorsiones y asesinatos. De estos últimos se reportan un promedio de 15 a 18 diarios. Sí, diarios. Luego viene un segundo aspecto: De todos los hechos ilegales arriba indicados ¿en cuántos se formaliza una denuncia o querella?

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