Francisco Cáceres Barrios
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Desde que en mala hora se empezó a encargar a las municipalidades del país el manejo, control y dirección del tránsito de vehículos automotores, los gobiernos dejaron de lado la responsabilidad inherente a ello, olvidándose que tales entidades descentralizadas o autónomas no tenían la capacidad para hacerlo y que la autoridad bien se podrá delegar, no así la responsabilidad, la que hoy sigue estando en sus manos, aunque el llamado Departamento de Tránsito a cargo de la Policía Nacional Civil no sea más que un parapeto por ser inútil e inoperante.
En las manos del Estado sigue estando entonces la responsabilidad de tantos daños y perjuicios ocasionados por los conductores ya fuera por la dejadez, incapacidad o lenidad de los alcaldes y sus Concejos Municipales, al no haber atendido como debió haberse hecho tanto la parte urbanística propiamente dicha, como las actividades preventivas, en especial las educativas, para evitar innumerable cantidad de accidentes de tránsito ocurridos por no haberse tomado a tiempo las medidas necesarias.
Esto y no otra cosa ha sido la causa de la dramática situación que nos ha tocado vivir desde entonces. Los chapuces, como los llamamos los chapines a las antojadizas, parciales y precipitadas medidas han proliferado por todas partes y a pesar de haberse gastado muchos millones de quetzales en hacer pasos a desnivel, carriles “reversibles”, bloqueo de calles, avenidas o calzadas, hoy los guatemaltecos no podemos utilizarlas sin correr enormes riesgos, como perder el irrecuperable tiempo.
Mientras sigamos sin obtener respuestas honestas y cumplidas del Estado a las demandas de la población para poder contar con un tránsito vehicular expedito y seguro, los llamados “camionetazos”, “trailerazos”, “atorazones”, utilizando términos de nuestro caló popular para su mejor comprensión, así como inmensidad de conflictos en la vía pública por el incumplimiento de las leyes de tránsito, van a seguir a la orden del día en todo el país, por más de cientos de publicaciones periodísticas que se hagan en los medios de comunicación en el afán de tomarle el pelo a tantos conformistas ciudadanos que todavía siguen creyendo en políticos con pies de barro.
Los guatemaltecos en general y en especial las víctimas de tantos accidentes de tránsito debieran tener presente que el Código Penal actualmente en vigor contempla en su artículo 419, que corresponde a los delitos cometidos por funcionarios o empleados públicos, para aquel que omitiere, rehusare hacer, retardare algún acto propio de su función o cargo podrá ser sancionado con prisión de uno a tres años. Solo, cuando la primera acción penal se emprenda, en aplicación estricta de esta disposición, estoy seguro que por fin podríamos empezar a ver cumplir tantos deberes hoy dejados de lado.