Luis Enrique Pérez
Primera cuestión. Tiene suma importancia el proyecto de Constitución Política sobre el cual delibera y discute el Congreso de la República, propuesto por el Jefe de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, la Jefe del Ministerio Público, el Procurador General de la Nación y el Presidente de la República. Tiene suma importancia principalmente por cuatro motivos.
El primer motivo es que es un proyecto propuesto por poderes políticos extranjeros en los que parece dominar más el interés ideológico que el interés jurídico. El segundo motivo es que el propósito es imponer el proyecto, es decir, no se pretende que sea un proyecto sobre el cual libremente pueden deliberar y discutir los diputados, sino de un proyecto que ellos tendrían que aprobar, con el máximo grado de aproximación al proyecto original, o por lo menos con el máximo grado de aproximación a las reformas políticamente esenciales. El tercer motivo es que el proyecto podría provocar un pernicioso cambio impredecible en el régimen oficial de administración de justicia. El cuarto motivo es que el proyecto revelaría hasta qué grado los poderes extranjeros pueden someter a los diputados, e imponerles proyectos legislativos.
El proyecto puede ser idóneo o no idóneo, o algunas partes pueden ser idóneas, y otras pueden no serlo (precisamente no encuentro parte alguna que me parezca idónea). Sea o no sea idóneo parcialmente o totalmente, es un proyecto de reforma constitucional propuesto por poderes extranjeros, y el propósito es imponerlo, y hay diputados dispuestos a someterse a esa imposición, so pena de ser elegibles para ser víctimas de acción penal pública.
Segunda cuestión. El Congreso de la República ha comenzado a alterar ya el proyecto de reforma de la Constitución Política de la República. Ignoramos que pueda haber nuevas alteraciones, y cuáles serán tales alteraciones, y cuán esenciales o no esenciales serán. Empero, parece que las habrá; y es probable que el producto final de las deliberaciones o de las discusiones de los diputados, fuera un proyecto de reforma constitucional que no precisamente provocaría la más gratificante satisfacción de los proponentes originales del proyecto, o de los poderes extranjeros que lo patrocinan.
El producto final podría ser realmente un nuevo proyecto, que habría sido creado en el proceso de deliberación o discusión del proyecto original. Podría ser un novedoso producto engendrado por una absurda masa de preceptos nuevos o modificados cuyo atributo más notable sería la más propicia confusión para el repudio popular.
Tercera cuestión. El proyecto de reforma constitucional originalmente propuesto no fue obra de un previo consenso del pueblo, como si el propósito hubiera sido obtener una garantía de que el proyecto de reforma no sería rechazado en consulta popular, sino aceptado como una milagrosa donación de sus generosos autores. Efectivamente, no fue consenso haber convocado a mesas de consulta, sillas de opinión, bancas de deliberación, o hamacas de discusión. Ese consenso fue un simulacro destinado a provocar la seductora impresión de que el pueblo ya había ratificado el proyecto de reforma, antes de que los dóciles diputados lo aprobaran y lo sometieran a consulta popular.
Cuarta meditación. No importa que el proyecto de reforma haya sido obra de poderes extranjeros. Ni que sus autores hayan pretendido imponer el proyecto, ni que hayan encontrado un dócil rebaño de diputados, ni que hayan acudido a una magna obra previa de presunto consenso popular. Tampoco importa cuál sea el producto final que aprueben los diputados. La mayoría del pueblo de Guatemala tiene que ratificar o no ratificar la reforma constitucional, sea la mejor reforma, o la peor, como lo es. Presumo que no será ratificada. Una sola repudiable reforma provocará el rechazo de las otras. Y hay, no una sola, sino multitud de reformas repudiables, propicias para una impaciente no ratificación.
Post scriptum. Que prosiga la aprobación de la reforma. Hasta puede proseguir jubilosamente. La consulta popular espera, para ratificarla o no ratificarla.