Dr. Luis Fernando Cordón Morales
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Durante la gestión pública existen resultados que es obligación de los funcionarios transmitir a la población para que se informen y que puedan construir una opinión sobre el desempeño de los mismos, siendo entonces importante la manera y los medios que se utilicen para tal efecto. En el caso del Presidente de la República se evidencia reiteradamente que no ha logrado encontrar los mecanismos necesarios para mostrar o resaltar sus aciertos y lograr una cobertura sana para su mandato, dejando a la ciudadanía con la incertidumbre sobre la realidad o no de lo que lee o escucha, situación que lo pone en franca desventaja frente a la CICIG o MP que sí gozan de dicha condición.

Entre los funcionarios que sobresalen por gozar de un abrigo mediático está el Superintendente de la SAT que tiene como mínimo un protagonismo semanal, únicamente superado por el Alcalde de Mixco que lo posee casi a diario. Para ambos, dicho acompañamiento está conformado por encabezados sensacionalistas o tendenciosos, que al analizar algunos de ellos se puede descubrir qué técnica o legalmente resultan no ser como se informan, por ejemplo: afirmar que ciertos contribuyentes son defraudadores cuando no existe sentencia firme que los declare responsables, decir que ordenarán cierres de empresas, establecimientos o negocios cuando no tienen facultad legal para hacerlo, o la amenaza del uso masivo del acceso a la información bancaria cuando en realidad al estar vigente la normativa aplicable tiene que mediar una autorización judicial justificada para el efecto, entre otros.

El pasado 13 de enero se anunció la superación de la meta fiscal del período 2016 y la recuperación de ingreso tributario, lo cual vino acompañado con un bono de Q5 mil para todos los miembros de SAT, que en conjunto superó los Q20 millones; sin embargo, existen algunos datos básicos publicados en la propia página institucional, que al analizarlos cuestionan tales aseveraciones. Entre ellos se pueden mencionar: 1) La recaudación tributaría neta fue de Q53,850.4 millones como fue convenida el 16 de febrero de 2016, que incluyó, entre otros aspectos, el escenario macroeconómico presentado por el Banguat el 8 de abril de 2016; sin embargo, al restarle los Q299.78 millones por supuestos factores externos sin respaldo documental del Banguat y los Q2.18 millardos producto de intervenciones judiciales (cifra con un alto componente de solicitudes de suspensión de la persecución penal que no da por extinguida la acción penal hasta que transcurra el tiempo fijado por juez, por lo tanto no puede disponerse aún de dicho pago porque el proceso podría reencauzarse, no demostrarse la responsabilidad y consecuentemente dar derecho de devolución de lo cancelado), queda la meta entonces por debajo de los Q2 millardos. 2) Que el ingreso por impuestos al comercio exterior fue menor en Q1,135.5 millones al registrado en el 2015. 3) Que el ingreso por ISR fue menor en Q1,996.9 millones al registrado en el 2014. 4) Que no obstante el PIB creció en Q34,331.3 millones, la carga tributaria neta se posicionó en 12.2%; es decir, -0.5% respecto del 2014, y equiparándose a la obtenida en el 2010.

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