Juan Antonio Mazariegos G.

Cualquier persona relacionada a la administración o a la evaluación del desempeño sabe que para evaluar la actividad y los resultados de una persona o un equipo es necesario cuantificar, aquello que es medible se torna comparable y sirve para analizar el éxito o no de determinada gestión.

Sin duda, la medición de cualquier asunto asignando valores o analizando solamente números es una herramienta poderosa para juzgar el desempeño de muchas instituciones o empresas, pero simplemente no aplica para la totalidad de los casos. Esta semana el matutino Prensa Libre en una de sus portadas hacía ver que el Ministerio Público había desechado 500 mil casos, analizando en el artículo que respaldaba el titular que ciertos expertos temían por una posible «discrecionalidad» en función del número de rechazos.

Entiendo que analizar 500 mil desestimaciones o archivos de expedientes penales sería una tarea titánica o imposible y estoy seguro que los colegas cuestionados por la periodista que elaboró el artículo respondieron de manera pronta a quien les cuestionaba y sus comentarios fueron luego colocados en el contexto de la nota periodística, la cual no está de más indicar que es importante pues ilustra una realidad, sin embargo, esta realidad numérica no puede ser la base para juzgar el desempeño de una institución que debería ser medida por su trabajo en la identificación de pruebas e individualización de participantes en hechos delictivos, pero sobre todo por su objetividad.

La labor del MP no es sumar sentencias condenatorias, la labor del MP es la búsqueda de la verdad y en ese contexto tiene tanto merito el trabajo que concluya con la asignación de responsabilidad a una persona en sentencia, como aquella labor que determine que aplica un criterio de oportunidad, que existe falta de mérito en el caso o que el mismo debe de ser archivado.

Tendemos a cuestionar la labor del servidor público, pero pocas veces o casi nunca analizamos el trabajo de quienes utilizan el sistema de justicia o quienes son usuarios de otros servicios del Estado y es que con la primera solicitud que se presente, una denuncia por ejemplo que activa el procedimiento penal, desde su planteamiento empieza a determinarse el éxito o no del proceso que se abre y esto es por responsabilidad de su autor y no del órgano al que va dirigida.

Dentro de los 500 mil casos que originaron la noticia que motiva esta columna deben de haber muchos hechos que son delitos en donde se consigna que el denunciado no ha sido hallado y en consecuencia aparece como sobre averiguar, otros que se originan de procesos sin denunciante particular, donde la fuerza pública actuó de oficio, de igual manera habrá muchos abandonados, pues hasta cuando extraviamos algún documento debemos de presentar denuncia y solo nos interesa la constancia de que la pusimos y así muchos otros ejemplos, como los que la misma noticia refiere como delitos prescritos. Estimo que es un error el juzgar la actividad del MP con base en resultados numéricos y creo que el único criterio de evaluación posible es el de la objetividad.

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