Jesús Alvizures
Chus.Alvizures@gmail.com

Quiero aclarar antes de entrar a comentar los malos procedimientos que a veces utiliza el sistema judicial investigativo, a veces personal para alcanzar la condena de un implicado en un ilícito.

Hay casos donde el Fiscal que investiga, como no tiene pruebas, recomienda a los representantes de la Defensoría Penal aconsejar a su representado para que este o estos se declaren culpables ofreciéndoles una rebaja de pena en la sentencia donde también tiene que dictaminar el Juez; y ese no es el concepto correcto de la Ley.

Si hay pruebas del delito cometido que los infractores sean sancionados de acuerdo a lo que estipula el Código Procesal Penal Guatemalteco. ¿Cómo le ofrecen una rebaja de pena a un inocente si se declara culpable? Ahora el culpable encantado de la vida acepta la negociación porque es culpable.

La amenaza de una condena máxima hace que el inocente acepte los hechos que se le imputan. Pero es un mal procedimiento de la Ley que no está equilibrada, porque en algunos casos por un asesinato aplican 20 años y ese sí es un grave delito. Pregonar quince años o más por infracciones tipificadas dentro de la Ley como faltas para que no se caiga la acusación es un mal proceder fuera de la ética y la moral. Agregándole el agravado que ya es de oficio en los casos. La Ley debe ser vertical y no andar con recovecos para su aplicación, o se es inocente o se es culpable.

Hay en nuestro medio un conglomerado que se deja amedrentar por falta de estudios y conocimientos, más su pobreza le condena, porque no tiene los medios económicos para poder defenderse de las injusticias que a diario se cometen. Urgen controles estadísticos de la población reclusa para detectar graves errores, ya de esto se habló en los medios de comunicación, pero ahí quedó.

El ente de investigación tiene tres meses para probar un delito y hay personas que llevan seis y más meses en prisión y después les ofrecen rebaja de pena a cambio de que se declaren culpables.

Con este método incorrecto, el cual aplican algunos malos representantes en la aplicación de la Ley se seguirán sobrellenando las cárceles; el pueblo recluso es cuantioso. Donde hay inocentes y culpables. Juzgue usted, apreciable lector; que de años se conoce de un caso donde la Defensoría Pública permitió que se condenara a una persona no vidente acusada de robo agravado. ¿Cómo el ciego cometió el robo agravado?, como este caso tipificado como injusto hay muchos.

En la misma relación; Gobernación y el sistema penitenciario deben revisar periódicamente las cárceles donde proliferan enfermedades por falta de agua para mantener una higiene personal y otros controles más. Como el trasiego de armas hacia el interior del penal.

El Ministerio Público con la participación de la Fiscal General Licenciada Thelma Aldana y Licenciado Iván Velásquez de CICIG, han dado sólido prestigio a la aplicación de la Ley, ojalá se ejerciera control sobre lo que este artículo refiere. Inculpar a un inocente tiene un precio, y se recuerda aquel pasaje bíblico que con la vara que midiéreis, con esa misma seréis medidos.

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