Juan Francisco Reyes López
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Otras reformas que sin duda alguna Jimmy Morales y Jafeth Cabrera, quienes fueron propuestos como candidatos por un partido político con muchos afiliados que son oficiales en retiro, comprenderían que es necesario aprobar que el Ministro de la Defensa fuera un militar en retiro y no un oficial en servicio activo. Insisto, los ministros son políticos y ningún militar en servicio activo debe participar en la política nacional.

Sin embargo, hay excelentes oficiales en retiro que por su experiencia y años de servicio podrían ser excelentes ministros y buenos tomadores de decisiones a favor del país y de las fuerzas armadas.

El Presidente de la República recientemente ha manifestado que el clamor popular con el que coincide requiere que en Guatemala se actualice y/o modifique la integración del Congreso. Ha señalado que la carrera parlamentaria debería de implicar que los diputados no se reeligieran de forma reiterada.

También ha planteado que debería modificarse el sistema de elegir por listas y realizar la elección de forma individual por nombres y apellidos, permitiendo con ello que indistintamente los electores voten específicamente por los diputados que desean que les representen y no por los que quedaron primero o segundo en un listado distrital o en el listado nacional que aprobaron las asambleas partidarias.

Para modificar esos conceptos no es la Ley Electoral y de Partidos Políticos la que se tiene que enmendar, es la Constitución en el artículo 157 subtitulado «Potestad legislativa e integración del Congreso de la República», en cuyo segundo y tercer párrafos debería normarse: «el Congreso de la República estará compuesto por diputados electos directamente por el pueblo en sufragio universal y secreto, de forma nominativa, tanto en los distritos como en el listado nacional.

Su número será de un máximo de 140 diputados, 100 se elegirán en los distritos electorales que integran el país, dependiendo de la población que resida en cada distrito.

Treinta diputados serán electos por lista nacional, y deben ser profesionales colegiados; ocho diputados deberán ser electos por los guatemaltecos que residen en el exterior, para que estos ciudadanos tengan una representación específica.

Asumirán como diputados los candidatos presidenciales y vicepresidenciales que hayan participado en la segunda vuelta electoral, y no hayan quedado electos como presidente y vicepresidente, para así lograr un total máximo de 150 legisladores, una mejor representatividad democrática en la integración del Congreso.

Los diputados una vez electos y asumido su curul, no podrán cambiarse de bloque legislativo, si lo hacen implicará la renuncia tácita y deberán ser sustituidos por el diputado que haya obtenido más votos en su respectiva propuesta y no haya asumido con su sustituto.

Así mismo debe modificarse el artículo 164 «Prohibiciones y compatibilidades» inciso c) para que diga: «Los parientes del Presidente de la República, del vicepresidente, de los diputados y alcaldes electos, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, no pueden ser diputados», evitando los abusos que se han dado en diferentes legislaturas en ese sentido.

Lo propuesto se puede lograr con una reforma constitucional y no con una enmienda a la Ley Electoral y de Partidos Políticos como se lo podrán corroborar sus asesores al Presidente.
¡Guatemala es primero!
Continuará.

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