Javier Monterroso

Desde hace algunas semanas se está llevando a cabo una campaña en medios de comunicación para suprimir el derecho de antejuicio del que gozan algunos funcionarios públicos, básicamente el argumento es que el antejuicio es un mecanismo de inmunidad que genera impunidad y es un obstáculo a la persecución penal por lo que debe eliminarse.

De acuerdo a nuestra Constitución Política los funcionarios que gozan del derecho de antejuicio son el Presidente y Vicepresidente, los secretarios general y privado de la Presidencia, ministros de Estado y viceministros cuando están a cargo del despacho, diputados, alcaldes, gobernadores departamentales, jueces, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte de Constitucionalidad, de las salas de apelaciones, la Fiscal General de la República, el Procurador de los Derechos Humanos y el Contralor General De Cuentas; y además la Ley Electoral y de Partidos Políticos establece que durante el período electoral los candidatos a presidente y vicepresidente, a diputados al Congreso y alcaldes gozan del derecho de antejuicio.

El antejuicio se puede analizar desde diversas perspectivas, desde el punto de vista de la igualdad jurídica definitivamente es un privilegio del que gozan quienes ejercen determinadas funciones públicas y como tal siempre debe ser interpretado de manera restrictiva; desde la perspectiva de la persecución penal es un obstáculo para la misma, que hace más difícil juzgar a los funcionarios, es decir que desde esas dos lógicas es coherente la petición de suprimir el antejuicio.

Sin embargo no podemos perder de vista que el sistema de justicia en Guatemala es altamente deficiente en muchos sentidos y uno de ellos es como diferenciar entre las denuncias con fundamento y aquellas que tienen motivos espurios, pues muchas veces denuncias que debieron desestimarse desde el momento en que fueron presentadas son investigadas por el Ministerio Público, por ejemplo el caso reciente de un niño de 4 años que fue llevado a tribunales o el caso de una periodista denunciada en el año 2011 por un hecho supuestamente de terrorismo cometido cuando tenía 4 o 6 años de edad, estos casos jamás debieron haber superado la primera etapa procesal pero el MP les dio trámite.

Los funcionarios públicos muchas veces son denunciados por sus opositores políticos como forma de entorpecer su trabajo o por personas que no fueron favorecidas por sus resoluciones, de hecho el antejuicio nace históricamente como un mecanismo para proteger a los jueces de aquellas personas afectadas por sus fallos, en ese sentido si no existiera la protección del antejuicio varios funcionarios públicos ya hubieran sido perseguidos y posiblemente hasta condenados solo por cumplir con sus funciones, por ejemplo la fiscal general que ha recibido varias denuncias en su contra, presentadas por los mismos sindicados de delitos de lesa humanidad o corrupción ¿Qué hubiera pasado si no tuviera el antejuicio?.

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