Luis Enrique Pérez

El más reciente proyecto de reforma de la Constitución Política de la República ha sido propuesto por el Presidente del Organismo Legislativo, el Presidente del Organismo Judicial y el Presidente del Organismo Ejecutivo. El propósito es reformar solo la administración oficial de justicia o, en mis propios términos, la administración oficial de la ley.

El proyecto ha sido propuesto por los presidentes de los organismos del Estado, como si se pretendiera que fuera aceptado porque ha sido el producto de algún complejo y sacrosanto consenso de pontífices, al cual hay que someterse. El Congreso de la República tendría que aprobar el proyecto de reforma, precisamente porque ha sido propuesto por los tres presidentes de los organismos del Estado.

El proyecto tiene infinitas partes discutibles. Una de ellas es el antejuicio, que el proyecto define así: “El antejuicio es la garantía que gozan los dignatarios y funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo, para no ser detenidos ni sometidos a procedimiento penal, sin que previamente exista declaratoria de autoridad competente que ha lugar a formación de causa, salvo en caso de flagrancia.”

Empero, el proyecto suprime esa garantía en el caso de los alcaldes, y la otorga, por ejemplo, en el caso de los ministros de Estado. Es decir, se suprime en el caso de un funcionario público que ha sido democráticamente electo; pero se otorga en el caso de un funcionario público que el Presidente de la República ha designado y que puede destituir. También esa garantía se suprime en el caso de los gobernadores departamentales.

Un criterio consistente hubiera sido proponer la supresión de esa garantía en el caso de todos los funcionarios públicos a los cuales se otorga actualmente, incluidos el Presidente y el Vicepresidente de la República. O por lo menos hubiera sido un criterio consistente suprimirla en el caso de cualquier funcionario público al cual se otorga actualmente la mencionada garantía, si comete un delito que no es propio de la función que desempeña, aunque el delito no fuera flagrante.

También es una de las infinitas partes discutibles del proyecto pretender que la Corte Suprema de Justicia y los “demás tribunales que la ley establezca”, ya no ejerzan “con exclusividad absoluta” la función jurisdiccional. Entonces, por ejemplo, “las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales de conformidad con sus propias normas, procedimientos, usos y costumbres siempre que no sean contrarios a los derechos consagrados en la Constitución y a los derechos humanos internacionalmente reconocidos.” Podría haber, entonces, legalmente, tantas cortes o tantos tribunales como etnias indígenas fueran reconocidas en el país. Predecir un caos judicial nacional sería verosímil. Sería un caos provocado, por ejemplo, por conflictos entre etnias, o por presunto delito que cometiera un miembro de una etnia, del cual fuera víctima un miembro de otra etnia; o por la designación del tribunal étnico al cual se tendría que acudir para juzgar y sentenciar. Habría una llamada “justicia oficial”, y una llamada “no oficial”. ¿Podría un acusado, miembro de una etnia, elegir entre la “justicia oficial”, y la “no oficial”?

¿Y por qué no incluir, entre esas infinitas partes discutibles, que la Corte Suprema de Justicia, integrada por trece magistrados, estaría compuesta por no menos de nueve magistrados que “deberán haber ingresado al Organismo Judicial por medio del sistema de carrera judicial”? ¿O que la Corte de Constitucionalidad estaría integrada por nueve miembros, de los cuales tres designarían los diputados; tres, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia; y tres, el Presidente de la República? ¿O que el Consejo de la Carrera Judicial sería “el ente rector de la carrera judicial” y actuaría “con independencia en el ejercicio de sus funciones”, y decidiría, por ejemplo, sobre selección “de los integrantes de la carrera judicial”? Sería un consejo tan poderoso como corruptible.

Post scriptum. Espero que la discusión pública y las discrepancias entre los diputados, disuelva tal proyecto hasta aniquilarlo.

Artículo anteriorUn acuerdo necesario para el futuro de Guatemala
Artículo siguienteRefundar el Estado