Jorge Mario Andrino Grotewold
• @jmag2010

La reforma constitucional propuesta por la CICIG, el Ministerio Público y el Procurador de los Derechos Humanos, secundada por los tres Organismos de Estado se encuentra en plena discusión y análisis, en un proceso de diálogo y propuesta, según lo han indicado las autoridades. La información de acciones se ha dado a conocer, pero la recopilación de aquellos elementos que constituyan acuerdos aun pende de conocerse, esperando que sean sistematizadas, evaluadas e incluidas cuando correspondan.

Pero aun cuando las reformas, por importante que sea la transformación a realizar al sistema de justicia y sus estructuras programáticas constitucionales, es imperante no olvidar otros elementos más operativos que pueden provocar cambios por medio de leyes y reglamentos. El abuso de las acciones de amparo requiere de una reforma a la ley constitucional de la materia, especialmente para identificar cuándo efectivamente se encuentra una amenaza o lesión a un derecho humano, mediante un proceso legal. Pero sería más importante que cuando eso sea descubierto, los abogados sean sancionados por su falta de ética en el ejercicio profesional. Esta sanción no debe ser una multa que pague el cliente, sino penalizar la facultad de ejercer como abogado.

Si la reforma constitucional logra la eliminación del derecho de antejuicio -algo que se ve poco probable-, no sería necesario más ajustes. Pero en el caso de mantenerse, es necesario reformar también un procedimiento que establezca responsabilidad para quienes determinen si ha lugar o no al derecho, y especialmente, que sea un mecanismo técnico de justificación de causa, no de chantaje político que requiera una presión social para poder avanzar en una investigación.

La reforma a los sistemas de justicia no penales no puede esperar más y deben hacerse orales. Aun cuando los procesos de familia y trabajo ya cuentan con cierta oralidad, es importante que el sistema de justicia en su conjunto sea rápido y efectivo, para terminar con ese grave problema de la sociedad denominado impunidad. Los sistemas civiles principalmente, luego de casi 15 años de propuestas formales, deben ser orales para hacer una diferencia de justicia pronta y cumplida.

Y entre muchos otros cambios, el fortalecimiento de la Carrera Judicial, que incluye la separación de la función jurisdiccional ejercida por la Corte Suprema de Justicia y sus Cámaras, con la administración del Organismo Judicial que hace peligrar la independencia judicial garantizada en la Constitución. Las judicaturas necesitan ser fortalecidas y apoyadas, pero también evaluadas luego de un período anual, para que los jueces entiendan que su independencia no significa autoritarismo, y que nadie está por encima de la ley.

Y ese debiera ser el «plan B», ya sea de sustitución (en el caso de que no se alcanzare a reformar la Constitución) o bien si se logra, como una medida de continuidad a la reforma, para que tenga verdadero sentido cambiar la estructura, y no dejar el resto de la operatividad de justicia con el mismo mal.

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