Javier Monterroso

Finalmente el lunes 25 de abril los presidentes de los tres poderes del Estado convocaron al “Diálogo nacional para la reforma de la justicia”, cuyo objetivo central es modificar la Constitución Política de la República.

He sostenido en diversas oportunidades que es necesario convocar a una Asamblea Nacional Constituyente para redactar una nueva Constitución, pues la actual ya se encuentra superada por la realidad y la jurisprudencia en muchos temas y el Estado que se plantea en ella ya no responde a las necesidades de la población, entre los muchos cambios que hay que hacerle a la Carta Magna se encuentran: quitar los candados tributarios, prohibir la reelección indefinida de diputados y alcaldes, eliminar el papel de los bancos privados en la definición de la política monetaria, fortalecer el Estado laico, avanzar en el reconocimiento de los pueblos indígenas, definir el papel del ejército en una sociedad democrática y definitivamente modificar todo lo relativo al sector justicia.

Sin embargo los convocantes al diálogo fueron muy claros: únicamente se va a modificar lo relacionado al sector justicia, no van a tocar ni una coma más a la Constitución, en ese sentido el sector conservador puede dormir tranquilo pues el Estado liberal que se plasma en nuestra carta magna se mantendrá incólume.

Esto no quiere decir que la reforma que se pretende impulsar no sea importante, al contrario, es muy necesaria pues a pesar de los avances innegables en el sistema de justicia la actual regulación constitucional es bastante deficiente y constituye un freno para realizar cambios más profundos en el sistema, algunos ejemplos de errores en el texto constitucional son: no existe una verdadera carrera judicial por lo que los nombramientos de jueces y magistrados dependen de los sectores político y privado e incluso de las mafias; la Corte de Constitucionalidad es un monstruo super poderoso que no rinde cuentas a nadie; cualquier hijo de vecino puede presentar inconstitucionalidades sobre leyes de carácter general (lo que es inaudito y antidemocrático); el amparo puede interponerse aún en casos de casación, es decir cuando el caso ya ha sido revisado por varios jueces y magistrados; existe un fuero militar por delitos comunes (aunque la CC lo ha limitado en sus sentencias) y el Ministerio Público no es totalmente independiente del Ejecutivo pues el Presidente nombra al Fiscal General, entre otros problemas.

La propuesta de reformas que se puede descargar del sitio www.reformajusticiagt.org aborda estos problemas y otros propios de la impartición de justicia, en total se pretenden modificar 19 artículos constitucionales (que no es poca cosa). Aunque en general la reforma es positiva y está elaborada con la mejor de las intenciones, a mi criterio adolece de algunas deficiencias y puntos grises que de ser aprobadas tal y como se encuentran no necesariamente mejorarían la situación de la justicia en nuestro país, pero de eso hablaremos a detalle en las próximas columnas.

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