Gladys Monterroso
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«Más se estima, lo que con más trabajo se gana» Aristóteles

El Poder Judicial es tan importante como los otros dos Poderes del Estado, su estructura es distinta, y es lo correcto, por lo mismo la forma en que se alternan las personas que las dirigen también, así como el tiempo que ejercen su función, es diferente a las demás.

Cuando nació a la vida la Constitución de 1985, y sus reformas, al establecer la conformación de la Corte Suprema de Justicia así como otras instituciones del Estado, no cabe duda que el constituyente realizó una innovación que fue aceptable en el momento histórico en que se vivía, y fueron las Comisiones de Postulación, las que posteriormente y de acuerdo a la evolución natural de la sociedad fueron perdiendo el objetivo por el que fueron creadas, y que era democratizar la elección de quienes debían impartir justicia.

Pero con el tiempo este sistema que desde su creación no fue perfecto, ya que fue hecho por seres humanos, fue cayendo en su propia descomposición, siendo observador y víctima de esa descomposición la misma sociedad a quien debía de servir, se principiaron a realizar esfuerzos para depurar el sistema de elección, y surgió una ley de carácter ordinario que trató de desarrollar la Constitución y fijar límites para democratizar y depurar este derecho constitucional.

Sus propias debilidades son cada vez más evidentes, aunque sea el caballito de batalla para asegurar que somos «democráticos».

Con la Constitución de 1985, surge otra Corte necesaria para centralizar en ella la Justicia Constitucional, atendiendo a la transformación de la sociedad y sus necesidades entre las que se encuentra la Administración de Justicia, se crea la Corte de Constitucionalidad, pero surge con un pecado original que con los años vemos más difícil de minimizar, y es la conformación de la misma, ya que se integra por un magistrado titular y un suplente designado por cada uno de los tres poderes del Estado, otro por el Consejo Superior Universitario y el último pero no menos importante por la Asamblea del Colegio de Abogados.

Con sus debilidades una más que la otra, las dos últimas son las más democráticas, pero, ¿Qué pasó con las otras tres? ¿Si todas las designaciones debían ser igualmente democráticas, y responder objetivamente a una de las máximas aspiraciones del hombre como es obtener la justicia? ¿En dónde se encuentra el fallo original de la máxima autoridad en justicia constitucional?

Creo que se ha caído en la politiquería en las mismas, y digo politiquería porque político es el hombre por naturaleza, y la mayoría de sus acciones también, el problema surge cuando no es científicamente político, y se convierte en politiquero.

Allí continúa estando el reto para Guatemala, encontrar la fórmula para evitar la incursión de la politiquería que podría venir acompañada de males más graves, para la designación de quienes deben velar por el respeto y el cumplimiento de nuestra máxima autoridad en materia de justicia: La Corte de Constitucionalidad.

Prueba más fehaciente de lo anterior es la forma de calificación en la comisión creada en el Congreso de la República, que fue realizada con intereses espurios como siempre, solamente que hoy disfrazada de democratización, por ¿Quién calificó? ¿Bajo qué criterios? Subjetivos como siempre, fulano debe entrar porque la suciedad civil clama por ello, ¿Y los demás?, en el caso de la CSJ, es aún más denigrante que a una colega la hayan descalificado por no idónea, perdón pero ¿Y ellos son idóneos cuando son producto de negociaciones espurias bajo la mesa, tanto en las Comisiones de Postulación como en el Congreso?

Por Dios quien esté libre de culpa que lance la primera piedra ¿Y del inquilino de casa presidencial que podemos argumentar? Que mientras más tiempo pasa más oscuro es su proceder, lamentable que se prostituyan instituciones por intereses mediocres ¿De quién? De mediocres.

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