Estuardo Gamalero
“Es más fácil engañar a la gente, que convencerlos que han sido engañados” – Mark Twain-
La vida, la libertad y la propiedad, son los tres derechos fundamentales del ser humano. Estas garantías las consagra el derecho natural, son intrínsecas a la naturaleza de la persona y su validez no se supedita al reconocimiento que haga la ley.
Las libertades antes mencionadas no son absolutas y sí tienen límites. Los límites son ese punto en donde justamente empiezan los derechos de las demás personas, o bien en donde se afecta el orden social o el bien común.
El problema de fondo, es: ¿quién decide en dónde terminan mis derechos y empiezan los de los demás, quién decide que es orden público, o cómo definimos Bien Común? En la respuesta de esas preguntas, se nutre el populismo y los malos políticos cuelan sus oscuras intenciones para vender sus votos.
Quise empezar con esta relación de ideas, porque para sacar adelante a Guatemala, para salir del subdesarrollo y mejorar las condiciones de vida de los guatemaltecos, debemos hacer a un lado el populismo y esa farsa paternalista de “querer quedar bien con todo el mundo”, y para ello debemos cimentar las políticas públicas, las leyes, así como el apoyo de la comunidad internacional al marco constitucional en los derechos inherentes de la persona.
En ese sentido, transcribo algunos artículos de la Constitución Política, que muchos ciudadanos no conocen y todos debemos defender: ARTICULO 1.- Protección a la Persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común. ARTÍCULO 2.- Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. ARTICULO 3.- Derecho a la Vida. El Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona. ARTÍCULO 4.- Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre sí. ARTÍCULO 39.- Propiedad privada. Se garantiza la propiedad privada como un derecho inherente a la persona humana. Toda persona puede disponer libremente de sus bienes de acuerdo con la ley. El Estado garantiza el ejercicio de este derecho y deberá crear las condiciones que faciliten al propietario el uso y disfrute de sus bienes, de manera que se alcance el progreso individual y el desarrollo nacional en beneficio de todos los guatemaltecos. ARTÍCULO 140.- Estado de Guatemala. Guatemala es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y de sus libertades. Su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo. ARTÍCULO 141.- Soberanía. La soberanía radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La subordinación entre los mismos, es prohibida.
El imperio de la ley, es lo que en Estados Unidos se conoce como “Rule of Law”: que cualquier persona (gobernante o gobernado) esté sujeto a la ley y no actúe por encima de ella. Recordemos que la democracia tiene como base el respeto de la persona humana y el Estado de Derecho. Esto es justamente la base de cualquier desarrollo.
Interesante resulta el reciente caso norteamericano “Apple vs FBI”, en el cual, el FBI obtiene el celular de un narcotraficante (confeso) y solicita a un Juez ordinario, una orden que obligue a Apple a “hackear” el sistema y software del aparato, bajo la premisa que es un tema de seguridad nacional. Apple, no se deja presionar y bajo el entendido que el requerimiento del FBI es una extralimitación del gobierno de EE. UU. que arriesga a futuro, otorgarles a las autoridades el poder para tener acceso los dispositivos de cualquier persona para capturar sus datos. En ese sentido, Apple, apela la orden ante un Juez federal, el cual hace pocos días resuelve que ni el FBI, ni autoridad alguna tienen la potestad de quebrantar garantías constitucionales, la ley y por consiguiente, exigirle a Apple que pase por encima del derecho a la confidencialidad de las personas.