Resulta muy sospechosa la actitud de algunos diputados que pretenden restringir la capacidad de investigación del Ministerio Público porque sabemos que más de alguno de los representantes puede estar sintiendo pasos de animal grande. De hecho algunos de ellos viven con la camisa levantada, esperando cuál será el día en que se presente algún antejuicio en su contra por señalamientos de hechos delictivos.

De hecho, la ley del Ministerio Público lo que regula en el Artículo 6 son los informes que tienen que rendir funcionarios y empleados públicos para ayudar a las investigaciones de la autoridad competente en el campo de la persecución penal. Ya en la Constitución, en el Código Penal y en el Código de Procedimientos penales se establecen mecanismos para garantizar los derechos de toda persona en el curso de una investigación y ese tiene que ser el marco general que prevalezca. Las comunicaciones y documentos de las personas son inviolables y se requiere aprobación de un juez para tener acceso a ellos, lo que ha funcionado bien tanto para los que son objeto de sindicaciones como para el ente investigador. El artículo que se pretende reformar es el que se refiere a la cooperación de funcionarios o autoridades públicas que tienen que proporcionar informes a los investigadores, y otras leyes desarrollan cuáles datos personales están protegidos para garantizar la inviolabilidad de los derechos individuales.

Pero si el Ministerio Público no puede ni siquiera averiguar si alguna persona tiene antecedentes penales o si es empleado público, por ejemplo para determinar si se beneficia de una plaza fantasma, obviamente se está castrando a la entidad y limitando su campo de acción. Es sabido el tortuguismo que prevalece en nuestro sistema judicial y, sobre todo, la falta de confianza existente en el aparato lo que permitía suponer que hay mucho espacio para la fuga de información que daría tiempo, para seguir con el mismo ejemplo, a las autoridades del Congreso a desaparecer pruebas antes de que los investigadores puedan empezar a realizar su trabajo.

Ninguna prueba obtenida fuera del marco legal será válida en ningún juicio y eso lo sabe perfectamente el Ministerio Público por lo cual tiene que observar con todo cuidado los procedimientos y las garantías que privan para proteger a las personas de acuerdo con la Constitución y las leyes ordinarias vigentes. No hace falta más que lo que ya está en ley para mantener el equilibrio entre la capacidad investigadora y los derechos individuales. Lo demás, lo que proponen bancadas de Partidos que han estado ligados a gobiernos corruptos, sale sobrando.

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