José Giovanni Chinchilla Guerrero
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Según el artículo 135 literal d) de la Constitución Política de la República, es deber de los guatemaltecos, entre otros, contribuir a los gastos públicos de conformidad con la ley. Este artículo de la Norma Suprema lamentablemente, no es muy conocido por muchos guatemaltecos, principalmente aquellos que no están relacionados con el ámbito legal. Muchas personas piensan que la obligación de pagar impuestos está en cada una de las leyes que los establecen, pero vemos que no es así, pues existe un mandato constitucional para colaborar con el Estado en sus gastos.

Es costumbre del chapín andar buscando la forma de no cumplir con las obligaciones. Siempre vemos como darle vuelta a las cosas; por ejemplo, buscamos ambigüedades en las leyes, en las redacciones de los contratos, etc. todo para no satisfacer los deberes a los que nos hemos comprometido. Pagar impuestos, es un caso paradigmático de esta conducta chapina.

Cuando en la anterior Ley del ISR, existía la posibilidad de utilizar la famosa «planilla del IVA» para acreditarla al ISR, andábamos buscando facturas para ingresarlas a la planilla y con ello bajar el impuesto, llegando incluso a solicitar devoluciones del impuesto. Sin embargo, pocas facturas que formaban parte de esa planilla eran facturas que llenaban los requisitos que establecía la Ley para ser consideradas como válidas. La SAT se percataba de eso, hasta que iniciaba con los programas de fiscalización dedicados a verificarlas. A muchas personas se les devolvió ISR «retenido en exceso», basados en facturas que no eran válidas, lo cual se evidenció hasta que la SAT revisó algunas planillas. En la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta, prácticamente desapareció la utilidad de la «planilla del IVA»; con lo cual, a mi parecer se perdió una herramienta gratuita de fiscalización, pues las personas al pedir facturas en sus transacciones, ayudaban a la SAT.

Con las empresas sucede lo mismo: tanto el régimen optativo de la anterior Ley del ISR y el régimen sobre las utilidades de las actividades lucrativas establecido en la nueva ley, permiten deducir del total de sus ingresos, los costos y gastos que sirvan para producir esos ingresos. Sin embargo, la larga batalla de la SAT es verificar que las empresas hayan efectuado realmente esos gastos y que no sean otros, no relacionados. Muchas de las auditorías de la SAT van precisamente por ahí.

Estos dos simples ejemplos nos llevan al título de esta columna: ¿Por qué nos resistimos a pagar impuestos? ¿Por qué creamos estructuras, muchas veces ilegales, para bajar nuestra carga tributaria? La respuesta seguramente es: Porque se los roban; porque los recursos que se obtienen de los impuestos, los utilizan en cosas distintas menos en atender los gastos sociales: salud, seguridad, educación, etc. Sin embargo, ¿hasta dónde podemos llegar con esa resistencia a pagar impuestos? Si seguimos viendo que se los roban, ¿simplemente vamos a utilizar nuestro «derecho de legítima resistencia» y quebrar definitivamente a un Estado, que ya se encuentra en trapos de cucaracha?

En Asprodeco somos plenamente conscientes que la obligación de contribuir a los gastos del Estado no puede diferirse de ninguna manera y por ningún guatemalteco. Todos debemos colaborar en atención a nuestras posibilidades. Ello nos permitirá verificar que esos ingresos sean utilizados correctamente y también exigir a nuestras autoridades el cumplimiento de sus obligaciones. Caso contrario, preparémonos para regresar a la edad de las cavernas.

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