Roberto Lavalle
Según el mismo, yo comparto la opinión de Hudson, autor de ese dictamen, de que la reclamación de Guatemala “carece de validez.” Al respecto debo señalar, por mucho que me apene corregir al señor Rodríguez, que si se lee con atención, se verá que en mi artículo no me pronuncio sobre este punto, sobre el cual, por cierto, nunca he externado, en forma pública, mi opinión.
El señor Rodríguez cita opiniones del Lic. Rolando Palomo que no puedo aceptar. Según esas citas, el dictamen de Hudson y otro, de enero de 2002, también citado en mi artículo, sólo interés histórico tienen ahora.
Esto parece extraño, sobre todo respecto del dictamen de 2002. Como lo señalé en mi artículo, “salvo un par de cambios negativos para Guatemala surgidos desde” la fecha del dictamen de Hudson se puede decir que, esencialmente, “las normas aplicables al diferendo” con Belice no han cambiado desde 1950.
Hay incluso un aspecto en que el dictamen de Hudson está más al día que el de enero de 2002. Los autores de éste apoyan su posición pro Belice en lo que se llama consolidación histórica de título, doctrina inexistente en tiempos de Hudson y que, en octubre de 2002, la Corte de La Haya rechazó. (Párrafo 65 del fallo de ese mes en el caso Camerún contra Nigeria.)
Sería interesante, en especial, la opinión de Hudson sobre dos aspectos del diferendo que perduran: el efecto de las notas intercambiadas en 1931 entre Guatemala y el Reino Unido y si existe en derecho internacional la prescripción adquisitiva (lo que, en el párrafo 97 de su fallo de 1999 en el caso Botswana/Namibia la Corte dejó de lado). Convendría también saber lo que Hudson puede haber dicho en relación con la cuestión, fundamental, objeto del párrafo 106 del fallo de la Corte en el caso Hungría/Eslovaquia (de 1997).
¿Qué quiere decir el Lic. Palomo al atribuirle a mi artículo efecto “distractor”? Mi único propósito es que no se excluya del debate sobre el diferendo algo tan valioso como el dictamen extraviado, cuyo interés no es, repito y lo subrayo, meramente histórico. Agregaré que, pese a que por ser defectuoso, la Corte puede negarse a darle trámite, deseo que el acuerdo especial de 2008 le llegue.