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En relación al horror jurídico de la creación de y nombramiento de las nuevas Salas de Apelaciones, quiero hacer ver que los magistrados de las Cortes de Apelaciones de Guatemala son electos por el Congreso de la República cada cinco años,  a partir de una nómina de candidatos propuestos por la Comisión de Postulación, la cual está integrada por rectores universitarios, decanos de derecho, representantes del Colegio de Abogados y Notarios, y magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Por ello el Congreso selecciona a los magistrados con el voto de dos terceras partes de sus miembros, eligiendo tanto a los magistrados titulares como a los suplentes de la misma lista de candidatos.

En Guatemala la Comisión de Postulación es un grupo institucionalizado, establecido por la Constitución Política y la Ley de Comisiones de Postulación (Decreto 19-2009), quien es el encargado de integrar un listado de candidatos calificados para nombrar para ser electos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y la Corte de Apelaciones, y el/la fiscal general en su momento. Su labor implica la selección y presentación de la nómina de personas más idóneas para el cargo, actuando con transparencia y siguiendo los principios que rige la ley.

Este proceso de elección a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Salas de la Corte de Apelaciones:

  1. Integración de Comisiones de Postulación: El Congreso convocó a la integración de las comisiones para la elección de magistrados a través del Acuerdo Legislativo.
  2. Elección en el Pleno: Los legisladores eligieron a los magistrados titulares y suplentes basándose en la nómina presentada por la Comisión de Postulación.
  3. Aprobación de Acuerdos: La elección fue oficializada con la aprobación de los Acuerdos Legislativos, los que declararan electos a los magistrados titulares y suplentes.
  4. Cumplimiento de plazos: El Congreso debe de cumplir con los plazos establecidos por la Ley para la renovación de las cortes, asegurando la continuidad del sistema judicial.

Por ende en un gobierno democrático y representativo la administración de justicia es la columna vertebral de un Estado de derecho, sin matices políticos y espurios, ajustarse lo que norma la Constitución, que claramente indica y regula que los jueces de cualquier categoría deben actuar y resolver dentro de lo que indican las leyes de la materia, actuar con tintes fuera de los alcances que regula la carta Magna y la Ley Orgánica del Organismo Judicial, es violentar la consciencia y la buena de los litigantes y de los sujetos procesales.

Por años la administración de justicia, ha sido secuestrada por poderes fáticos, para cumplir favores de selección y elección de las autoridades judiciales y es recurrente el hecho que, en los procesos de selección y elección de los togados, se vinculan sectores políticos, para lograr beneficios. Un hecho evidente es la forma en que se realiza la selección, y la posterior elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y los tribunales de segundo grado, y siendo que la mora judicial es un tema recurrente que por años ha sido una situación que ha lesionado a litigantes, sujetos procesales, especialmente en los ramos laboral, civil, contencioso administrativo y otras áreas.

Es del conocimiento público, que los magistrados de la alta Corte y tribunales colegiados de segunda instancia, fueron seleccionados por la Comisión de Postulación, sin ser sometidos a un examen previo, para comprobar el grado de capacidad, honradez e idoneidad. La nómina de aspirantes fue enviada al Congreso de la República, para la elección, que se hizo de manera exprés, sin evaluar a los seleccionados, para cumplir “supuestamente” con la resolución de la Corte de Constitucionalidad, que ordenó que antes el 13 octubre por ley, tenían que tomar posesión los magistrados del Organismo Judicial.

  • Este proceso fue viciado y hubo componendas políticas con los diputados supuestamente de la oposición, para elegir a dedo a los funcionarios judiciales, que ahora como pago de favores decidieron 9 de magistrados, con los integrantes de las cámaras de la entidad, crear Salas de Apelaciones con jurisdicción en la capital y  el interior, hecho que jueces de ese organismo, no fueron convocados al pleno, asegurando uno de los togados, que hubo opacidad como premio para seleccionar para esas cámaras de alzada, a suplentes, violando lo que dice la Constitución y la Ley de la carrera judicial, lo que se considera en círculos políticos como “pago” a los diputados y familiares para su elección, vulnerando claramente que  el Congreso, previamente  debe ser informado de la elección.

Lo conveniente hubiese sido para resolver la mora judicial, la creación de juzgados de primera instancia de todos los ramos es, en primera instancia, donde se inician y se resuelven los conflictos que se promueven en los órganos de justicia. Si las partes no están de acuerdo con las resoluciones de primer grado, las causas y expedientes se cursan a los tribunales de segundo grado para resolver el conflicto.

El año anterior, cuando se eligieron a los actuales magistrados de la Corte Suprema de Justicia los diputados Allan Rodríguez Reyes de Vamos, Carlos López Girón de Valor y Felipe Alejos de Todos, como operadores políticos para elegir a los relacionados togados y como pago de esa “selección” acordaron crear las nuevas Salas de Apelaciones, que tendrán clara incidencia, en el proceso electoral que está por convocarse, que obliga a grupos sociales, tanques de pensamiento y a los guatemaltecos que pugnan por justicia real y no política, a monitorear ese evento, tomarse en cuenta que el próximo 13 de octubre por ley, debe designarse y elegirse al nuevo presidente de dicha entidad, que  jugara un rol de primera línea en la selección y posterior  elección del nuevo Fiscal General y jefe del Ministerio Público, que en mayo entrante, sustituirá a  María Consuelo Porras Argueta, que hace acercamientos con diputados de la oposición para que el Legislativo la elija como magistrada de la Corte de Constitucionalidad, un evento  que habla, por el parcialismo en que los magistrados del ente constitucionalidad, sus resoluciones y sentencias,  son parciales y  politiqueras.

Walter Juárez Estrada

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